existe, está vigente, tiene respaldo constitucional y en el caso de Gámes Mendivil no operó. Los órganos electorales no aplicaron el filtro. El ejecutivo estatal no activó ningún mecanismo de verificación. El partido postuló a su candidato sin contratiempos. La ley en los hechos fue letra muerta.
Lo mismo ocurrió con Enrique Inzunza Cázares, el entonces secretario de gobierno del estado de Sinaloa, cargaba desde el año 2018 con una investigación abierta por hostigamiento sexual a una jueza registrada bajo el expediente CLN AEDSX 31078 C. La investigación no impidió su continuidad en el cargo ejecutivo más sensible del gabinete estatal, aquel desde el cual se coordinan las relaciones con las fiscalías, con el poder judicial y con los órganos de seguridad pública.
Tampoco impidió su posterior postulación como senador de la República, cargo que le otorga fuero constitucional. Los colectivos feministas que acompañaban el caso de Noemí Rivera tenían una explicación para este patrón. La articulaban con una precisión incómoda. La estructura gubernamental de Sinaloa opera bajo un pacto que garantiza a los agresores candidaturas plurinominales para blindarlos con el fuero constitucional antes de que cualquier proceso penal pueda prosperar.
La geometría de este entramado se hace visible cuando se observa el comportamiento del gobernador Rubén Rocha Moya ante las denuncias públicas. En declaraciones registradas ante medios de comunicación, Rochamoya reconoció la existencia de acusaciones por abuso sexual contra integrantes de su equipo en la Secretaría de Bienestar.
El reconocimiento es relevante porque desmonta cualquier argumento de desconocimiento. El gobernador sabía y su respuesta ante ese conocimiento fue minimizar sistemáticamente las acusaciones y mantener la protección política sobre los señalados. No activó mecanismos de separación cautelar. No instruyó a la Fiscalía Estatal para acelerar las investigaciones.
No emitió ningún comunicado que reconociera la situación de Noemí Rivera como lo que era. Una funcionaria pública que había sido acosada sexualmente por su superior, que había perdido a su hijo en circunstancias vinculadas a esa denuncia y que llevaba meses marchando hacia el Palacio Nacional para que alguien respondiera.
En marzo de 2024, Noemí Rivera y los colectivos que la acompañaban llegaron a la Ciudad de México. Marcharon hacia el Palacio Nacional en el marco del día internacional de la mujer. Era la vía que les quedaba. Las carpetas en la FGR y en la Fiscalía General del Estado de Sinaloa no avanzaban. La rotación de agentes del Ministerio Público, el traslado de expedientes entre unidades y la ausencia de actuaciones judiciales concretas seguían el patrón clásico del retardo procesal como herramienta de desgaste. Cuatro agentes
distintos del Ministerio Público habían tenido contacto con alguna de las carpetas relacionadas con el caso, sin que ninguna llegara a la etapa de formulación de cargos ante un juez. La impunidad no era un vacío, era una arquitectura. Para situar con precisión el caso de Noemí Rivera, dentro del contexto más amplio de la violencia contra las mujeres en Culiacán, es necesario separar analíticamente expedientes que la confusión mediática ha llegado a mezclar.
En agosto de 2022, una mujer identificada en los registros judiciales únicamente como Noemí N, presentó denuncia por abuso sexual y laboral agravado por parte de su jefe inmediato. El resultado de esa carpeta siguió el mismo patrón que el caso de Rivera. Rotación entre cuatro agentes del Ministerio Público, nula judicialización y como colofón la reubicación forzada de la víctima dentro de su área de trabajo, mientras el agresor permanecía en su puesto.
En diciembre de 2024, una mujer llamada Noemí Mendoza desapareció en circunstancias que las autoridades no atendieron con la urgencia que los vecinos de la zona habían estado demandando, advirtiendo sobre episodios previos de violencia física. Su muerte fue confirmada posteriormente mediante pruebas de ADN. La pareja sentimental identificada como principal sospechosa, permanece prófuga.
Hay también el expediente de Noemí Antón, quien en julio de 2022 sobrevivió un intento de feminicidio con arma punzo cortante. En ese caso, el dispositivo de geolocalización de emergencia que las autoridades le habían asignado, popularmente conocido como Pulso de Vida, falló en sus tiempos de respuesta. El agresor identificado como Carlos Fernando N.
Prisión preventiva justificada. Es el único de estos casos que tiene a alguien bajo resguardo judicial. Cuatro mujeres, cuatro expedientes, cuatro patrones de falla institucional distintos, pero con una columna vertebral común, la sistematicidad de la impunidad. Y sobre ese fondo, el Ayuntamiento de Culiacán, bajo la administración de Games Mendivil, promovió, con comunicados de prensa que llegaron a calificarlo de pionero, el diseño de un protocolo para la prevención, atención y sanción del acoso y hostigamiento sexual, impulsado por el
Comité de Participación Ciudadana y el órgano interno de control Municipal, instancia bajo la dirección de María Ester Basúa. El protocolo era real, los comunicados institucionales que lo anunciaban eran reales. La simultaneidad de ese protocolo con el bloqueo de las investigaciones penales contra el propio presidente municipal también era real.
El documento no era una política pública, era una pantalla. Cuando en 2024 Games Mendivil buscó su reelección como presidente municipal de Culiacán por el partido Morena, las denuncias de Noemí Rivera seguían sin resolución judicial. La carpeta federal continuaba paralizada. La ley 3 de3 continuaba sin aplicarse. La candidatura avanzó y la red que la sostenía, Rocha Moya desde el ejecutivo estatal, Inzunza Cázares desde el Senado, operaba sin ninguna perturbación visible en el plano doméstico.
Lo que ninguno de los actores de esa red podía controlar era lo que ocurría al norte del Río Bravo. La Fiscalía Federal del Distrito Sur de Nueva York es una de las unidades de persecución penal más poderosas del mundo occidental. Sus investigaciones sobre crimen organizado transnacional tienen una característica que la distingue de sus contrapartes mexicanas.
La evidencia que acumula no necesita el visto bueno de ningún gobernador estatal. no puede ser rotada entre fiscales para que duerma en un cajón y no responde a ningún pacto político local. Cuando esa fiscalía sella una acusación y decide revelarla en el lenguaje jurídico anglosajón, cuando hace el uniling, el efecto es irreversible.
El primero de mayo de 2026, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos reveló una acusación formal que vinculaba directamente a Juan de Dios Gámes Mendívil, al gobernador Rubén Rocha Moya y a otros altos funcionarios del gobierno de Sinaloa con operaciones del cártel de Sinaloa. Las imputaciones son de una densidad que excede cualquier acusación de corrupción administrativa convencional.
El documento describe una conspiración criminal articulada en torno al tráfico masivo de estupefacientes hacia el territorio de los Estados Unidos, el contrabando de armas de grueso calibre y la posesión de artefactos explosivos de uso exclusivo militar. No se trata de acusaciones genéricas de colusión o de vínculos difusos con el crimen organizado.
Se trata de una conspiración con operaciones descritas, con mecanismos identificados y con personas nominadas. Pero hay un elemento en la acusación estadounidense que conecta lo que parecían ser dos historias paralelas. Los registros del Departamento de Justicia señalan que la organización criminal operó de manera coordinada en las elecciones de junio de 2021, mediante el robo masivo de boletas electorales y la manipulación del proceso democrático para asegurar la imposición de perfiles políticamente alineados con
los intereses del cártel a cambio de sobornos sistemáticos y financiamientos. político directo. Junio de 2021. Ese es el mismo periodo en que Noemí Rivera presentó su denuncia ante la FGR. Ese es el mismo proceso electoral que llevó a Juan de Dios Gámez Mendíbil a la presidencia municipal de Culiacán. La coincidencia temporal no es decorativa.
Si la acusación estadounidense es correcta, el proceso electoral que catapultó a Gámes Mendivil al cargo de alcalde fue un proceso intervenido por una organización criminal que financió su llegada al poder y el poder que llegó a detentar, el poder que le permitió bloquear durante años las denuncias de Noemí Rivera, el poder que le permitió sostener la campaña de represalias contra ella, el poder que le garantizó la impunidad mientras La ley tres de3 dormía en el papel era, según la fiscalía de Nueva York un poder de
origen criminal. Esta correlación no es una conclusión de la investigación periodística, es la consecuencia lógica de confrontar dos conjuntos de hechos documentados, las denuncias penales de Rivera y la acusación estadounidense. La estructura que protegió a un acosador sexual dentro de la administración pública es la misma estructura que, según el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, operó en beneficio del crimen organizado transnacional.
No son dos historias, son una sola, narrada desde dos ángulos que terminan apuntando al mismo punto. A las 22 horas del primero de mayo de 2026, el cabildo del Ayuntamiento de Culiacán fue convocado a sesión extraordinaria. La convocatoria de emergencia en horario nocturno en el primer día del mes, mientras la acusación del Departamento de Justicia circulaba en las salas de redacción de todo el mundo, tenía una agenda concreta, procesar la solicitud de licencia temporal que Juan de Dios Gámes
Mendívil había enviado por escrito invocando el artículo 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. El alcalde no estaba presente, envió un documento. La persona que horas antes había declarado ante los medios de comunicación que podía hablar de frente a la gente, eligió la noche del primero de mayo para ausentarse físicamente de su propio cabildo.
La regiduría de oposición tomó la palabra y construyó ante cámara la secuencia que el alcalde no estaba dispuesto a enfrentar en persona. El señalamiento fue directo y quedó en el registro de la sesión apenas unas horas después de que el Departamento de Justicia de Estados Unidos publicó los señalamientos sobre el gobernador, el presidente municipal y otros ocho funcionarios, el propio Juan de Dios, ante los medios de comunicación decía que podía hablarle de frente a la gente.
La pregunta que siguió era la pregunta correcta. ¿Por qué no estaba esa noche frente a su cabildo dirigiéndose a su gabinete con respeto y a todos los trabajadores del ayuntamiento y sobre todo a la población? Culiacán, dijo la regidora, es una herida abierta. Le estaban diciendo que su persona está vinculada con el crimen organizado.
Eso no es cosa menor. No es cosa menor. Y sin embargo, el mecanismo disponible para procesar ese momento fue una votación de cabildo sobre una licencia temporal. La solicitud fue aprobada de manera unánime. Games Mendivil no fue destituido, no fue arrestado, no fue sometido a ningún proceso constitucional de remoción.
solicitó permiso para ausentarse más de 10 días de sus funciones, como lo permite el artículo 52 de la ley municipal y el cabildo se lo concedió. La separación fue técnicamente voluntaria, jurídicamente provisional y en los hechos una maniobra para eludir la detención inmediata mientras se evaluaban las implicaciones del proceso penal internacional.
Bajo lo dispuesto en el artículo 20 de la misma ley de gobierno municipal del estado de Sinaloa, el cabildo procedió a tomar protesta a Ana Miriam Ramos Villarreal como presidenta municipal provisional de Culiacán. La toma de posesión ocurrió en la madrugada del primero de mayo de 2026 en medio de una sesión de emergencia con el alcalde ausente y con una acusación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos circulando en tiempo real.
Ramos Villarreal asumió declarando que daría continuidad a las actividades de los servicios públicos. Esa fue su declaración inaugural. Mientras tanto, en las calles de Culiacán, los ciudadanos reportaban la imposición de un toque de queda autoimpuesto. El temor a enfrentamientos armados derivados del vacío de poder era tan concreto que las familias de la capital sinaloense optaron por no salir de sus casas.
El detalle del toque de queda autoimpuesto dice algo que ningún documento judicial puede decir con la misma eficiencia. Dice, “¿Cuál es la percepción ciudadana del Estado en Sinaloa?” La gente de Culiacán no esperó a que las instituciones le dijeran qué hacer. calcularon el riesgo por su cuenta y eligieron encerrarse.
Esa decisión colectiva tomada simultáneamente por miles de familias sin coordinación ni instrucción alguna, es la medida más precisa del colapso de legitimidad institucional en el municipio. Pero la historia no termina en la noche del primero de mayo, termina por ahora donde comenzó en el expediente de Noemí Rivera. La caída de Games Mendivil no fue producto del funcionamiento de los contrapesos judiciales mexicanos.
No fue producto de la Fiscalía General de la República que tiene su carpeta desde 2022 y no la ha judicializado. No fue producto de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, no fue producto de los órganos electorales que debieron aplicar la ley tres de TR. No fue producto del gobernador Rubén Rocha Moya, quien reconoció las denuncias y eligió minimizarlas.
No fue producto de la Secretaría de las Mujeres del Estado, cuya titular Teresa Guerra Ochoa, fue identificada por los colectivos como parte del mecanismo de oclusión. fue producto de una acusación presentada en el distrito sur de Nueva York por razones que tienen que ver con los intereses de seguridad nacional de los Estados Unidos, no con los derechos de las mujeres trabajadoras en las delegaciones de programas sociales de Culiacán.
Este dato es crucial para entender qué tan profundo es el quiebre institucional. El sistema de justicia mexicano, en todos sus niveles tuvo 5 años para procesar el caso de Noemí Rivera. Tuvo expedientes, tuvo fechas, tuvo números de carpeta. Tuvo una mujer que marchó al Palacio Nacional con pruebas documentales y la muerte de su hijo como consecuencia directa de las represalias que sufrió y eligió sistemáticamente no actuar.
La intervención que finalmente produjo una separación del cargo vino de afuera por razones ajenas y sin que ningún juez mexicano haya dictado todavía una sola medida cautelar contra los funcionarios implicados en el caso de acoso sexual y hostigamiento laboral que Rivera denunció. La presidenta municipal provisional, Ana Miriam Ramos Villarreal, hereda una administración en la que los funcionarios que operaron la campaña de represalias contra Noemí Rivera siguen, en su mayoría en sus posiciones.
Las redes de complicidad que garantizaron años de impunidad no desaparecen con una licencia temporal. Abigail Monroy Acosta, quien dirigía el área de recursos humanos desde donde se coordinó la transferencia forzosa de Rivera y el bloqueo del acceso a la vacuna para su hijo, no ha enfrentado ningún proceso administrativo público.
Antonio Aguilar Gómez, el director regional, cuyas conductas iniciaron la cadena que Rivera fue a denunciar, tampoco ha sido objeto de ninguna actuación judicial documentada. El gobernador Rubén Rocha Moya, incluido en la acusación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, sigue en el cargo.
El senador Enrique Insunza Cázares, con su investigación por hostigamiento sexual a una jueza desde 2018, sigue en el cargo. El fuero constitucional que ambos sostentan en el ordenamiento jurídico mexicano los protege por ahora de cualquier proceso penal doméstico. La arquitectura que durante años garantizó la impunidad continúa en pie, aunque sus ocupantes más visibles hayan comenzado a temblar.
Lo que queda, por lo tanto, no es un relato de justicia cumplida. Es el inventario de un sistema que se reveló a sí mismo. La violencia que Noemí Rivera sufrió en las instalaciones de la delegación de bienestar en Culiacán no fue un exceso personal de un funcionario con problemas de conducta. Fue el síntoma más visible de una gobernanza construida sobre la supresión de la rendición de cuentas.
Cuando un gobierno estatal protege a sus operadores políticos frente a denuncias de abuso sexual, la lógica de esa protección contamina todas las instituciones que toca, desmantela los controles internos, coopta los órganos de investigación, neutraliza los instrumentos legales que podrían activarse en su contra y en ese vacío de controles, otras formas de ilegalidad encuentran el espacio que necesitan para operar.
El Departamento de Justicia de los Estados Unidos, en su acusación formal describió a Sinaloa como un territorio donde el crimen organizado intervino los procesos electorales para colocar perfiles propios en el gobierno. Si esa descripción es correcta, entonces la impunidad de la que gozaron Games Mendíbil, Insunza Cázares y los funcionarios de bienestar que operaron contra Noemí Rivera no fue una falla del sistema.
Fue el sistema funcionando exactamente como fue diseñado para funcionar, no para proteger a los ciudadanos, para protegerse a sí mismo. Hay una secuencia que conviene leer con atención. En 2021, Noemí Rivera denuncia acoso sexual ante su jefe, quien replica el acoso. En 2021, según la Fiscalía de Nueva York, el crimen organizado interviene las elecciones para imponer perfiles alineados.
En 2021, Gámez Mendivil gana la presidencia municipal de Culiacán. En 2022, el hijo de Rivera muere después de que le negaron sistemáticamente el acceso a la vacuna. En 2023, las carpetas de investigación siguen sin moverse. En 2024, Rivera marcha al Palacio Nacional. En 2024, Gámes Mendivil busca su reelección y la ley 3 vuelve a no aplicarse.
Y en 2026 un jurado en el distrito sur de Nueva York sella una acusación que en una sola noche produce lo que 5 años de denuncias formales, marchas, colectivos feministas y carpetas federales no habían podido producir la separación del cargo. Esa secuencia no necesita adjetivos, se sostiene sola.
Lo que sí necesita subrayarse porque el discurso institucional tiende a oscurecerlo, es que la resolución parcial de este caso no salda ninguna deuda con Noemí Rivera. Su hijo no vuelve. La carpeta federal que documenta el acoso, el hostigamiento y las amenazas de muerte que recibió sigue sin sentencia.
Los funcionarios que coordinaron las represalias en su contra siguen en su mayoría sin consecuencias administrativas verificables y los mecanismos que garantizaron 5 años de impunidad siguen operativos. La licencia temporal de un alcalde no desactiva ninguna red, solo crea una vacante provisional en ella. La pregunta que queda abierta no es si la acusación del Departamento de Justicia es válida o no.
Los sistemas jurídicos avanzarán sobre eso con su propio ritmo. La pregunta que queda abierta y que ninguna fiscalía estadounidense tiene interés en responder porque no está dentro de su jurisdicción, es si alguna institución mexicana será capaz de mirar el caso de Noemí Rivera como lo que realmente es. No un expediente de acoso sexual más en el catálogo de violencia de género en Sinaloa, sino la pieza de un rompecabezas que una vez ensamblada correctamente muestra la imagen completa de un estado capturado.
Esa imagen no es cómoda, pero está documentada.