Era un martes ordinario en Guadalajara, don Ernesto llevaba ya 10 años jubilado, 10 años contando los mismos centavos de siempre, calculando con la precisión angustiante de quien ya conoce todos los límites de su presupuesto, si le alcanzaba para las pastillas del corazón antes de que cayera el siguiente depósito mensual.
Esa mañana su hijo Marco lo llamó agitado con esa urgencia en la voz que uno solo usa cuando algo raro acaba de pasar y no sabe bien si es bueno o malo. Papá, revisa tu cuenta, hay un depósito que no reconozco, un número que no cuadra con lo normal. Don Ernesto pensó lo que cualquier persona razonable piensa cuando le dicen eso, que era un error del banco, uno de esos enredos burocráticos que aparecen sin explicación y que después te cobran con intereses en el momento más inoportuno.
fue a la sucursal más cercana, mostró su tarjeta al cajero con la resignación de quien ya tiene pocas sorpresas positivas reservadas y ahí estaban 43,000 pesos con una leyenda que decía IMES diferencias 43,000 pesos que nadie le había avisado que iban a llegar sin cartas, sin llamada, sin ninguna explicación oficial de ningún tipo.

y lo que más lo descolocó, lo que lo hizo caminar de regreso a su casa con el comprobante en la mano sin poder quitarse una sola pregunta de la cabeza, no fue la cantidad, fue el por qué, de dónde venía ese dinero, qué había pasado sin que él se enterara. La historia de don Ernesto no es un cuento inventado para ilustrar un punto.
Es la experiencia real, documentada y repetida de miles de pensionados mexicanos que en las últimas semanas han visto aparecer en su cuenta depósitos inesperados. aumentos en su mensualidad sin previo aviso, correcciones que nadie les explicó y que llegaron silenciosamente como si el sistema estuviera reconociendo en voz baja algo que llevaba años sin decir en voz alta.
Y hay una razón muy concreta, muy poderosa y muy importante detrás de todo esto. Una razón que tiene que ver con una deuda que el IMES acumuló en silencio durante años, cobrándole a los pensionados algo que no tenía derecho a cobrarles y que hoy, con el respaldo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está empezando a saldar de manera lenta, desigual y sin ninguna comunicación que ayude a los propios afectados a entender lo que les corresponde.
Y eso es exactamente lo que hay que descubrir hoy, no solo que está pasando, sino si el IMS te debe dinero a ti específicamente, cuánto podría ser según tu situación concreta y qué tienes que hacer hoy mismo. No mañana, no la próxima semana, hoy. Para que ese dinero llegue a tu cuenta, en lugar de quedarse para siempre en las arcas de un instituto que no va a buscarte en tu casa para devolvértelo.
Para entender de dónde viene esta deuda, hay que remontarse al año 2016, ¿no? a 1997, no al año en que te jubilaste, no a ninguna fecha lejana que suene histórica. Al 2016, que no hace tanto tiempo, fue en ese año cuando el gobierno federal creó una figura llamada la UMA, la unidad de medida y actualización.
Y esta figura, que en papel tenía un objetivo, que en teoría era perfectamente razonable, se convirtió sin que nadie te avisara, sin ninguna carta en el buzón, sin ningún anuncio en los medios que lo explicara, con claridad para los jubilados, en el mecanismo que comenzó a recortarle la pensión a cientos de miles de mexicanos mes tras mes, año tras año, de una manera tan gradual y tan poco visible, que la mayoría nunca se dio cuenta de lo que estaba pasando.
Su propósito original sonaba sensato. En México muchos trámites y obligaciones estaban calculados como múltiplos del salario mínimo, las multas de tránsito, los créditos del Infonavid, ciertas cuotas. El problema era que cuando el salario mínimo subía, todas esas cosas subían automáticamente también y eso generaba distorsiones en la economía que el gobierno quería corregir.
Entonces, la decisión fue separar esas obligaciones del salario mínimo e indexarlas a esta nueva unidad. la UMA que iba a crecer de forma más controlada, ligada únicamente a la inflación. Hasta ahí suena razonable y técnico. El problema, el problema enorme y el que afectó directamente el bolsillo de jubilados que no tienen margen para absorber recortes de ningún tipo viene en el siguiente paso.
IMES en una decisión que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha calificado de manera contundente como una aplicación indebida de la ley, decidió que la UMA también serviría para calcular los topes de las pensiones del régimen de 1973, es decir, del régimen de la Ley 73, el régimen bajo el cual se jubilaron millones de trabajadores que empezaron a cotizar antes de julio de 1997.
Y ahí está el daño, porque la ley 73 fue escrita en una época donde la referencia era el salario mínimo. Esa ley no menciona ninguna UMA porque la UMA no existía cuando esa ley entró en vigor. Pero el IMS la aplicó de todas formas como si existiera. ¿Y cuál es la diferencia entre usar el salario mínimo o usar la UMA en pesos reales en números que uno puede entender sin ser economista? enorme, absolutamente enorme.
Mientras el salario mínimo en México ha tenido aumentos históricos en los últimos años, creciendo a tasas del 15, del 20, incluso del 23% anual, en algunos periodos, la UMA crecía apenas un 3 o un 4%. Atada a la inflación oficial que casi siempre quedaba por debajo de lo que los salarios necesitaban crecer. cada año que pasaba la brecha entre lo que debías cobrar usando el salario mínimo como referencia y lo que el IMIS te pagaba usando la UMA, se iba ensanchando.
Cada año que el salario mínimo daba un salto y la UMA se arrastraba, el pensionado iba perdiendo dinero. No era visible de un mes al otro porque eran diferencias de cientos de pesos, no de miles. Y a veces la gente lo atribuía a algún ajuste o simplemente no lo notaba entre todas las preocupaciones del presupuesto mensual.
Pero esa pérdida acumulada durante años, ese goteo silencioso de dinero que debió haber llegado y no llegó, se fue convirtiendo en cantidades que pueden cambiarle la vida económica a cualquier familia que vive con una pensión ajustada. Y lo que el IMS hizo no fue legal, no fue un ajuste administrativo válido dentro de sus atribuciones.
Fue una aplicación incorrecta de la ley que perjudicó durante años a cientos de miles de pensionados que no tenían manera de saber que tenían derecho a más de lo que estaban recibiendo. Hubo jubilados que lo impugnaron, que pusieron amparos, que llevaron sus casos a los tribunales con la teredad y la paciencia de quien sabe que tiene razón.
Aunque el proceso tome años, esa batalla escaló hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Suprema Corte resolvió con una contundencia que no dejó margen para interpretaciones alternativas. Para los pensionados, bajo el régimen de la Ley 73, el uso de la UMA como referencia para calcular los topes de la pensión es inaplicable.
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Es contrario al espíritu y a la letra de esa ley. Lo que la Corte ordenó es que el IMIS debe calcular esas pensiones usando el salario mínimo, como siempre debió haberlo hecho desde el primer día. Y como el IMS venía pagando de menos desde que aplicó la UMA de forma incorrecta, tiene la obligación legal de devolver todo ese dinero que le retuvo al pensionado sin tener derecho a hacerlo. Eso es el retroactivo.
Eh, eso es lo que don Ermesto encontró un martes en su cuenta sin que nadie le avisara que iba a llegar. Eran años de diferencia acumulada saldándose en silencio. Ahora, la pregunta que cada persona que está leyendo esto necesita hacerse es concreta y urgente. ¿Te está pasando lo mismo a ti o todavía estás esperando ese depósito que no llega el IMSS no ha procesado tu caso? Porque aquí está la clave de todo.
En este momento hay dos tipos de pensionados. Los que ya vieron el depósito aparecer en su cuenta y no sabían de dónde venía, como don Ernesto y los que califican perfectamente para recibirlo, pero cuyo expediente sigue enterrado en el fondo de una pila burocrática enorme, esperando que alguien en el sistema lo mueva hacia la fila correcta.
La diferencia entre un grupo y el otro no es el derecho, porque ambos tienen exactamente el mismo derecho reconocido por la Suprema Corte. La diferencia es la acción. Para saber si perteneces al grupo que califica, hay cuatro condiciones muy claras. Sin zonas grises, sin excepciones. La primera y más importante es la fecha de tu primera cotización al IMES.
Tienes que haber empezado a cotizar antes del primero de julio de 1997. Esa fecha es el corte absoluto que determina bajo qué régimen te jubilaste. Si tu primer empleo formal, el primero en que un patrón te dio de alta en el Seguro Social, ocurrió antes de esa fecha, entonces perteneces al régimen de la Ley 73 y todo lo que se está explicando aquí aplica tu situación.

Si empezaste después, si tu primera alta en el IMIS fue el 2 de julio de 1997 o cualquier día posterior, entonces eres ley 97, régimen de Afore. Y lo que se explica aquí no aplica tu caso bajo ninguna circunstancia. La segunda condición es que al momento de jubilarte hayas elegido pensionarte bajo el régimen de la Ley 73.
Cuando un trabajador que tenía derecho a elegir llegó a su jubilación, el IMIS le presentó dos opciones. La ley 73 basada en semanas cotizadas y salario promedio o la ley 97 basada en lo acumulado en la Afore. La inmensa mayoría eligió la ley 73 porque era significativamente mejor, pero si por alguna razón elegiste la ley 97, lo aquí descrito no aplica tu pensión.
La tercera condición es que tu pensión sea pagada directamente por el IMIS cada mes. Hay pensionados que se jubilaron bajo la ley 73, pero eligieron convertir ese beneficio en una renta vitalicia contratada con una aseguradora privada. Si ese es tu caso, la situación es diferente y el fallo de la Corte no aplica de la misma manera a tu situación específica.
tu pensión tiene que venir directamente del instituto para que este proceso aplique. La cuarta condición que mucha gente no sabe que existe es que todo esto también aplica para las pensiones por viodez. Si tu esposo o tu esposa cotizó al ímices antes de 1997, se jubiló bajo la ley 73 y al fallecer te dejó una pensión por viudez que el IMS te paga mensualmente.
Esa pensión también pudo haber sido calculada usando la UMA de forma incorrecta. Como pensionado o pensionada por viudez, tienes exactamente el mismo derecho a exigir el recálculo y el pago retroactivo de las diferencias acumuladas. Esta condición es particularmente importante porque hay miles de viudas en México que sobreviven con pensiones muy bajas que debieron haber sido más altas desde el principio y que están perdiendo dinero todos los meses sin saber que tienen derecho a más. Si cumples con alguna de estas
condiciones, la pregunta más importante es, ¿cuánto podría deberte el IMIS? La respuesta honesta es que depende de tu caso particular porque no hay un número único que aplique para todos, pero los rangos reales que están reportando los pensionados que ya pasaron por este proceso dan una idea muy concreta de lo que está en juego.
En términos del aumento mensual permanente, que es el primero de los dos componentes de este beneficio, los reportes indican incrementos que van desde 2000 hasta 7000 pesos adicionales por mes, fijos, permanentes, no un bono de una sola vez, sino tu mensualidad ajustada de forma definitiva hacia arriba. Si hoy estás cobrando 8,000 pes, podrías pasar a cobrar 10,000, 11,000, hasta 12,000 dependiendo de tu situación.
Si hoy cobras 12,000, podrías llegar a 15,000 o 16,000. La variable que determina el monto de tu aumento es qué tanto afectó la UMA tu caso específico. Y eso depende de tu salario promedio de los últimos años de cotización y de tu número de semanas trabajadas a lo largo de tu vida laboral.
Pero el segundo componente, el retroactivo, es el que hace que historias como la de don Ernesto con sus 43,000 pesos inesperados un martes sean posibles y reales. El retroactivo es el dinero acumulado de todos los meses en que el IMIS te pagó de menos. Si tu pensión debió haber sido 3,000 más alta cada mes durante los últimos 2 años, el IMIS te debe 72,000 de retroactivo.
Si la diferencia fue de 2,000 pes mensuales y llevas 3 años jubilado desde que la UMA empezó a afectarte, son también 72,000 pesos. Los casos documentados que ya recibieron este retroactivo reportan montos que van desde 20,000 hasta 100,000 pes en un solo depósito a la cuenta bancaria, además del aumento permanente en la mensualidad.
Ese es el dinero que está esperando que vayas a reclamarlo. ¿Cómo se recupera? Aquí hay una realidad que no se puede ocultar porque entenderla bien es la diferencia entre actuar hoy y seguir esperando indefinidamente. El IMIS está revisando expedientes de oficio, es decir, hay casos como el de don Ernesto donde el instituto identifica el error por sí mismo, hace el recálculo y deposita el retroactivo sin que el pensionado tenga que hacer absolutamente nada.
Si tienes una cuenta de banco registrada en el IMS, revisa tu estado de cuenta hoy mismo. Si ves un depósito del instituto con alguna leyenda que diga diferencias, retroactivo o ajuste y tu mensualidad del próximo mes llega más alta de lo habitual, ya estás del otro lado. sistema te encontró solo, pero el IMC es una institución enorme con millones de expedientes activos y la probabilidad de que tu caso esté en la fila de los que ya fueron revisados automáticamente existe, pero no está garantizada para nadie.
Si llevas semanas mirando tu cuenta y no ves ningún cambio, si tu pensión sigue llegando exactamente igual, mes tras mes, sin ninguna modificación, entonces tienes que actuar, no esperar, porque cada mes que pasa es un mes más de diferencia que se acumula y que si no lo reclamas en tiempo puede complicarse el proceso para recuperarlo.
El camino es ir a la subdelegación administrativa del IMES, que te corresponde por tu domicilio, no a la clínica, no a la unidad de medicina familiar, sino a la oficina administrativa donde tramitaste originalmente tu pensión. Esa es la oficina correcta. Ahí te presentas con cuatro documentos. El primero es tu identificación oficial vigente, tu INE.
El segundo es tu CURP certificada, que es la que puedes descargar directamente del portal del gobierno y que debe ser verificada con el registro civil, no la copia simple, sino la certificada. Eh, el tercero es tu resolución de pensión, ese documento que el IMS te entregó el día que te dijeron que quedabas pensionado, donde aparece el cálculo original de tu mensualidad y todos los datos de tu jubilación.
El cuarto es tu último estado de cuenta o talón de pago. Con esos cuatro documentos es suficiente. Llegas a ventanilla y dices exactamente esto. Vengo a solicitar la revisión y recálculo de mi pensión por aplicación indebida de la UMA con base en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. No tienes que memorizar artículos del código, no tienes que saber de leyes ni de tecnicismos legales.
Con decir esa frase, el funcionario sabe exactamente de qué se trata y tiene la obligación de recibir tus documentos, abrir tu expediente y darte un acuse de recibo con número de folio. Ese folio es tu comprobante de que presentaste la solicitud. Guárdalo como si fuera dinero en efectivo, porque en términos prácticos eso es lo que representa el registro oficial de que iniciaste el proceso y de la fecha desde la cual el retroactivo debe calcularse.
El proceso interno puede tomar entre 30 y 90 días, pero hay algo fundamental que no puedes perder de vista. El retroactivo se calcula desde el día en que presentas tu solicitud formal en ventanilla. No desde el día en que la corte resolvió. No desde el día en que otros pensionados empezaron a cobrar.
Desde el día en que tú metes los papeles. Cada día que esperas es un día de diferencia que pierdes para siempre. Y aquí es imprescindible hacer una pausa sobre algo que está dañando a muchos pensionados y que necesitas reconocer si lo ves para no caer en la trampa. Fuera de las subdelegaciones del IMIS siempre hay personas ofreciendo ayuda, gestores, tramitadores, personas que se presentan como abogados especializados, que te abordan en la banqueta o que aparecen en grupos de WhatsApp diciéndote que ellos pueden acelerar tu proceso, que tienen
contactos adentro, que a cambio de un porcentaje de tu retroactivo o de una cuota fija de 5, 10 o 15,000 pesos te garantizan resultados más rápidos. No les creas, son estafadores. El trámite de revisión de pensión por UMA es un derecho administrativo completamente gratuito. El IMES tiene la obligación legal de recibirte sin costo y sin intermediarios.
Nadie dentro del instituto puede acelerar tu caso a cambio de dinero y si alguien te dice que puede hacerlo es mentira. El único resultado concreto y garantizado de pagarle a un gestor es perder ese dinero y posiblemente complicar tu trámite con una tramitación paralela que confunde los registros. Ve tú directamente con tus documentos a ventanilla sin palar un solo peso a nadie.
Es tu derecho y es gratuito. Hay una pregunta más que aparece constantemente y que merece una respuesta clara sin rodeos. Si el IMES sube la pensión, ¿se pierde la pensión del bienestar? El apoyo de 65 y más. La respuesta es no. Rotundamente no, sin excepciones. Son dos programas completamente separados que viven en mundos legales distintos.
La pensión del bienestar es un derecho universal de carácter no contributivo que otorga el gobierno federal a todos los adultos mayores que cumplen los requisitos de edad. La pensión del IMES es un derecho contributivo que el trabajador se ganó con décadas de trabajo formal y cotizaciones al seguro social. No se cruzan en ningún registro, no se anulan mutuamente.
No hay ninguna ley que establezca que tener una impica perder la otra. Puedes recibir tu pensión del IMES recalculada con todo el aumento que te corresponde y seguir cobrando puntualmente tu apoyo bimestral del bienestar. Los dos al mismo tiempo, sin ningún problema. Y hay algo más que vale la pena decirles directamente a los hijos y nietos que están leyendo esto por sus padres o abuelos.
Revisen si el adulto mayor en su familia recibe una pensión por viudez. Muchas de esas pensiones también fueron calculadas incorrectamente usando la UMA y la persona que la recibe, que con frecuencia es una señora mayor que no tiene información sobre estos temas y que no sabe que tiene este derecho, está perdiendo dinero todos los meses sin saberlo.
Hablen con ella, explíquenle con paciencia y en términos simples, ayúdenla a juntar los cuatro documentos que necesita. Acompáñenla a la subdelegación si pueden. Ese trabajo vale más para su bienestar económico inmediato que cualquier otra cosa que puedan hacer por ella este mes. Y antes de ir, una verificación que puede ahorrar semanas de retrasos innecesarios.
Asegúrate de que la CURP que tienes registrada en el IMS coincide exactamente con tu CURP certificada actual. Ha habido casos donde hay una letra diferente en el nombre, donde la fecha de nacimiento tiene un dígito incorrecto, donde hay alguna discrepancia mínima entre los registros. Esas discrepancias que parecen completamente insignificantes son el pretexto perfecto que el sistema usa para detener un trámite de forma indefinida con el argumento de que los datos no coinciden.
Descarga tu CURP certificada del portal oficial antes de ir a la subdelegación. Verifica que coincide exactamente con tu INE y con tu resolución de pensión. Y si hay algún error, corrígelo primero en el Registro Civil. Ese paso previo puede ahorrarte semanas de regreso a Ventanilla con el mismo problema sin resolver.
Don Ernesto esa noche, cuando su hijo Marco le preguntó qué iba a hacer con los 43,000, pes, pensó un momento y respondió, primero los medicamentos que llevo dos meses posponiendo porque no me alcanzaba. Luego una cena decente para toda la familia y lo que sobre lo guardo porque aprendí que cuando el dinero llega solo sin que uno lo esperaba, lo mejor es recibirlo con calma, con gratitud y con los ojos muy abiertos para no dejarlo escapar de la misma forma.
La historia de don Ernesto puede ser la tuya si actúas. La diferencia entre encontrar ese depósito inesperado en tu cuenta o seguir esperando indefinidamente a que el limis te procese por su cuenta no es la suerte ni el azar. Es si hoy al terminar de leer esto juntas tus papeles y agendas tu visita a la subdelegación o si dejas pasar un día más, el derecho ya existe.
La Suprema Corte ya resolvió con toda su autoridad. El presupuesto ya contempla estas correcciones. Lo único que falta eres tú, presentándote en ventanilla con tus documentos y reclamando lo que te corresponde, sin intermediarios, sin pagar un solo peso a nadie. es tu dinero, lo ganaste trabajando durante décadas y nadie va a ir a buscarte a tu casa para devolvértelo si no lo vas a pedir tú.