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🚨CUANDO UNO SE VA DE UNA CASA, SE LLEVA LAS COSAS! Darcy fue encarada por presidente de Colpensiones

Son dos años antes de pensionarse. No, la ley no dice eso. No sé dónde dice la ley eso. ¿Qué doy de pensionarse se deben trasladar esos recursos, señor? La ley no dice eso. Lo lamento decirle que el artículo 76 de la ley 2381 dice en su parágrafo que cuando se llene el requisito edad y semanas, el fondo privado debe talar los recursos a la entidad que lo pensionó el consejo de estado.

No, el Consejo de Estado, no, pero perdón, el Consejo de Estado suspendió el artículo que le daba tiempo a los fondos privados de pensiones de pasar los dineros e hizo referencia a dos artículos, si usted lo lee juiciosamente, que creo que son muy juiciosos en el análisis de estas decisiones. Los vamos a poner en contexto sobre esta entrevista que es el debate del momento.

Esta entrevista detalla la controversia jurídica tras la decisión del Consejo de Estado de suspender el traslado de 5 billones de pesos desde fondos privados hacia colpensiones. Jaime Dusán, presidente de la entidad pública, sostiene muy decentemente que este fallo se basa en normas derogadas y compromete la sostenibilidad financiera necesaria para pagar a 25,000 nuevos pensionados.

Según, aunque el decreto que facilitaba el pago mediante bonos fue frenado, la Ley 2381 sigue obligando a los privados a transferir los recursos de quienes cambiaron de régimen. El directivo asegura que se utilizarán recursos propios para garantizar los pagos actuales mientras se resuelven los recursos legales ante las Cortes.

Finalmente se enfatiza que la falta de liquidez ligada por las administradoras privadas no las exime de entregar el capital de los ahorradores. Vamos con la entrevista. No olviden por nada del mundo dejarnos un me gusta y comentar lo que piensan. Doctor Dusán, buenos días y gracias por estar con nosotros. Doctor Juan, muy buenos días.

 ¿Cómo amanecen ustedes? Un saludo cordial. Gracias, Dr. Jaime, por contestar nuestro llamado. ¿A qué correspondían estos 5 billones de pesos? Esos 5 billones de pesos corresponde al pago que se le hará a las pensiones de más de 25,000 personas que se trasladaron y llenaron el requisito para que se le reconozca su derecho pensional.

El decreto que hace referencia y que suspendió extrañamente el magistrado que lo había dejado vigente en su primera sentencia, lo que le da era un tiempo suficiente a los fondos privados de pensiones para que si no tenían los recursos en efectivo o no tenían eh eh liquidez, lo pudieran hacer a través de bonos, es decir, de CDTs y con pensiones precisamente se preparó Para eso eh creó los mecanismos necesarios que permitieran finalmente que los fondos privados pudieran hacerlo por un tiempo de 6 meses con papeles que

tuvieran vigencia hasta 6 meses. Y en una reunión que adelantamos con ellos el viernes pasado acordamos todos los mecanismos necesarios. Colpensiones creó una cuenta especial en la fiduciaria de la previsora nacional. nos reunimos con representantes de los fondos privados y acordamos con la fidalidad de la persona nacional a qué cuentas girarían los recursos el próximo miércoles, es decir, mañana y pasado mañana.

 Extrañamente las preguntas que ellos nos hacían conducían a la idea según la cual ellos no tendrían los recursos en este momento en efectivo y tal vez papeles no los tendrían en Colombia. Y repito, el lunes, el día de ayer, muy temprano salió una nueva decisión de un magistrado del Consejo de Estado que antes había dejado vigente este artículo y sorpresivamente lo suspendió.

 Es decir, que le da la posibilidad a los fondos privados de pensiones de no girar en los 6 meses los recursos. Pero en todo caso el artículo vigente de la Ley 100 y el artículo 76, parágrafo también vigente de la Ley 2381, los obliga a entregarle esos recursos a convenciones, porque eso es la ley. El señor magistrado o consejero se equivocó porque hace referencia en su segunda decisión a dos artículos, a dos decretos y en sus artículos que eran reglamentarios de la ley 2381, pero que ya no están vigentes porque el Consejo de la Corte

Constitucional lo suspendió. En consecuencia del Consejo de Estado de tener claro que esos artículos no existen, no puede inspirarse en una decisión en esos decretos y al contrario se debe cumplir la decisión de la honorable Corte Constitucional Colombiana, que repito, dejó vigente el artículo 76 1 2 el parágrafo y obliga a que cuando la gente se traslada y llena el requisito, es decir, semanas y edad, los recursos tienen que estar en la entidad, en este caso col pensiones.

Nosotros pensionamos a esas ciudadanos y ciudadanas que llenaba el requerimiento porque son de col pensiones y estamos facilitando mediante el decreto 415 que los fondos privados que nos plantearon que no tenían los recursos en efectivos como lo debieran de tener, pudieran tener la oportunidad de trasladarse, de trasladar esos recursos el día de mañana y pasado mañana.

Lamentablemente con esta decisión de la del Consejo de Estado, afecta notoriamente la sostenibilidad económica del régimen pensional colombiano, en este caso con pensiones, como lo dijo mi querido ministro, eh el comunicado expedido por el gobierno nacional a través del señor ministro de Hacienda, el señor ministro de trabajo y el presidente de Convenciones.

 Doctor Dusan, permítame hacerle un par de preguntas para con más sentido pedagógico para clarificar ante nuestros oyentes esto que que ha ocurrido. La nueva norma que está todavía pendiente de una decisión en la Corte Constitucional que se ha tomado mucho tiempo, permitía una ventana de oportunidad para que personas que estaban en los fondos privados se trasladaran a Colpensiones.

Entre esas personas había unas que aún no se pueden pensionar porque les faltan eh semanas y había otras que se han ido pensionando o que ya tenían el derecho a la pensión y que en consecuencia col pensiones tiene que reconocerles la pensión y pagarles. Esta plata correspondía a esas personas que ya se pensionaron, a las que con pensiones ya les está pagando su pensión.

Sí, señor. Las personas que se trasladaron voluntariamente con pensiones y que generaron el requisito para pensionarse, siendo nuestros, obtuvieron el reconocimiento pensional y ya les hemos pagado uno o dos meses en el entendido que estamos utilizando recursos que corresponden al presupuesto de colpensiones para pagar las personas que ya venían pensionadas y también el convencimiento que los fondos privados iban a ser responsables de enviar esa plata.

 atacol pensiones que supera los 5 billones. Lo que el decreto les dio fue la posibilidad de que ellos lo hicieran en bonos, papeles, porque ellos nos plantearon que no tenían el efectivo. Luego la decisión que ha tomado el Consejo de Estado no les da la oportunidad de no girarnos la plata. La plata debe girarse y eso lo hace la petición que seguramente los 25,000 ciudadanos que hemos pensado y que se salieron de los fondos privados, le van a pedir ellos seguramente mediante derechos de petición o tutela que por favor les trasladen la plata con

pensiones para poder mantener la sostenibilidad del sistema pensional y con en ese sentido podamos tener rápidamente los recursos para pagarles puntualmente como lo hacemos. su respectiva pensión. Dr. Dusán, eh para seguir clarificando este tema, usted me dice sí o no si yo estoy en lo correcto.

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