Posted in

El ENANO de YAO CABRERA a JUICIO por ABUS* S3XU*L – Nathan Castro

El ENANO de YAO CABRERA a JUICIO por ABUS* S3XU*L – Nathan Castro

Y cuando me estoy cambiando, Nathan entra como para como para querer hacer pis. Yo justo estaba sin la parte de arriba de la bikini. Hace así, cierra, vuelve a entrar y ya se queda y se me pone contra la puerta y en una me dice, “Mira que si no estás conmigo, yo te puedo hacer echar porque yo soy la mano de Yao Cabrera.

” Yo pedí perdón por haberme metido en una situación. Soy un [ __ ] tengo 20 años, 20 años y no me dio la cabeza para darme cuenta y madurar en el momento. 30 de abril de 2026. La jueza Lidia Fabiana Moro, magistrada suplente del juzgado de garantías número 3 de Sara Tecampana, firmó una resolución de 21 páginas que cambiaría el destino judicial de Natanael Jesús Castro Barbita.

 para ustedes, el youtuber amigo de Shao Cabrera, el enano que trabajaba con Shao Cabrera en la mansión Wi-Fi y socio de alguien que marcó la etapa más oscura de YouTube. Les adelanto un poco lo que dice la resolución porque hay tres cosas importantes que no hace lugar a la excepción que planteó la defensa por falta de excepción, no hace lugar al sobreseguimiento y por lo tanto eleva la causa a juicio oral.

 Tres oportunidades y tres hechos endilgados. Abuso sexual con acceso carnal reiterado en concurso real entre sí. La pena en abstracto, sumada como manda el artículo 55 del Código Penal, va de 6 a 45 años de prisión. Esto es lo que vengo guardando hace meses, lo que mantenía en reserva hasta que la causa diera un paso jurídico real para poder comunicárselo a ustedes.

 La detención de Nataan el pasado 19 de febrero solamente fue el primer eslabón de todo este proceso. Hoy con la elevación de juicio firmada, el proceso entra en su etapa decisiva. En este video les voy a mostrar todo lo que dice el expediente, las pruebas, las pericias, la estrategia de la defensa que se cayó a pedazos, el concepto jurídico clave que lo dejaría sin escape y por qué este fallo además marca un precedente importantísimo en como la justicia argentina está leyendo el consentimiento en contextos de vulnerabilidad. También les sugiero que

se queden hasta el final porque en esa parte donde vamos a hablar algo que al menos yo quiero que escuchen sí o sí. Para los que recién llegan al canal, los voy a contextualizar rápidamente. Nathan Castro Barbita era uno de los integrantes del entorno permanente de Shao Cabrera durante el periodo conocido como la mansión Wi-Fi, una vivienda doble situada en los lotes 196 y 125 del barrio San Marcos, complejo Villanueva, calle de Anfune 2001 de Escobar.

diciembre de 2019 y enero de 2020, la era dorada del clickbait extremo. Los videos donde simulaban dramas amorosos, peleas, accidentes cruzando todos los límites habidos y por haber. Una fábrica de contenido viral con un costado mucho más oscuro que la justicia federal ya empezó a desnudar. La denunciante ustedes ya la conocen, Giovana Belén de Mitole, la misma víctima que denunció a Shau Cabrera por reducción a la servidumbre y consiguió que el Tribunal Oral Federal número 3 de San Martín lo condenara a 4 años de prisión efectiva

en abril del año pasado. La condena de Shao por reducir a Giovana estado de servidumbre quedó firme cuando la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de la defensa. Esa contundencia es la base con la que se está avanzando en la causa de Nathan Castro, porque esto es importante que lo entiendan.

 El juez de garantías, de Escobar, lo dice expresamente. La situación de vulnerabilidad de Giovana ya fue acreditada y reconocida en sede federal. No es una hipótesis, es un hecho probado por sentencia condenatoria firme. ¿Entienden el peso que tiene esto? La denuncia contra Nathan arranca como un desprendimiento natural de aquella causa federal.

 cuando declara ante la oficina de violencia doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el legajo 1 del 2021, cuando declara en cámara Gessel el 2 de julio de ese mismo año, cuando es entrevistada por el equipo interdisciplinario del programa nacional de rescate y acompañamiento a las personas damnificadas por el delito de trata, no solo señala Yao, señala también a Nathan.

 y la justicia federal de campana al detectar que los hechos de abuso sexual excederían la competencia federal deriva esa porción del expediente al fuero ordinario bonerense. Así nace la causa PP10000430122, hoy tramitada bajo el número 0020553 ante el juzgado garantías número 3. Nathan permaneció prófugo durante años hasta que el 19 de febrero de 2025 en la zona de las Cañas, departamento de Río Negro, Uruguay, la policía uruguaya lo detuvo a pedido de la ufi número 4 de Escobar.

 ¿Se acuerdan también que esto lo mencioné en videos anteriores y hasta en Twitter en su momento lo hablamos cuando lo habían capturado y el video rápidamente que se lo ve entrando esposado a la comisaría ahí en Uruguay cuando por fin había caído, costó, pero básicamente las autoridades lo terminaron encontrando y esto también en parte gracias a ustedes porque no sé si se acuerdan, muchos de ustedes me han ayudado dentro de lo que es el mail pruebasleanricho@gmail.

com y demás comentarios y en redes sociales que me iban informando, fíjense ustedes la dimensión de este caso y también la buena onda de ustedes, me iban informando en dónde lo veía. en ciertos departamentos, en canelones, bueno, dónde lo iban viendo en Uruguay. Toda la información que ustedes me dieron, yo también se la di a la justicia para que pueda avanzar y de alguna manera, gracias a ustedes y conmigo, pudimos aportar un granito de arena a que se haga de a poco si es necesario, toda la justicia posible. La

comunidad de servicio, dicen, ¿no? Y esto realmente fue así. Ustedes interesadamente ayudaron a que podamos hacer algo de justicia. Hoy la causa la lleva el agente fiscal Claudio Andrés Aundiá, que es quien firmó el requerimiento de elevación a juicio el 7 de abril de este año. El 30 de abril la jueza Moro lo convalidó.

Vayamos directamente a lo concreto porque acá no hay un margen para ningún tipo de especulación. Voy a citar específicamente la acusación que el fiscal sostiene y que el juez avala. Abuso sexual con acceso carnal reiterado en al menos tres oportunidades, los que concursan de forma real entre sí en los términos del artículo 55 y 119 tercer párrafo del código penal.

 Ahora les voy a traducir. El artículo 119 tercer párrafo sanciona con prisión de 6 a 15 años a quien abusare sexualmente con acceso carnal por cualquier vía. El artículo 55 establece la regla del concurso real, es decir, cuando una misma persona comete varios delitos independientes, las penas se suman aritméticamente con un tope máximo de 50 años.

 Tres hechos, cada uno con un máximo de 15, dan un piso de seis y un techo de 45 años de versión. Los hechos, según el requerimiento fiscal, ocurrieron entre diciembre de 2019 y enero de 2020 dentro de la mansión Wi-Fi. Surge textualmente el expediente. Un sujeto masculino mayor de edad, identificado como Natanael Jesús Castro Barbita, en el interior de la vivienda emplazada en los lotes 196 y 125 del barrio San Marcos, al menos en tres oportunidades habría abusado sexualmente de Giovana Belén de Mitole, accediéndola carnalmente en varios lugares de la

Read More