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Los RUGBIERS y EL ERROR que podría ANULAR la CONDENA – Caso Báez Sosa

Los RUGBIERS y EL ERROR que podría ANULAR la CONDENA – Caso Báez Sosa

Lucas Pertosi, uno de los jóvenes raggiers que se encuentra detenido y tiene una pena por 15 años de prisión por el asesinato de Fernando Bae Sosa, pidió salir de la cárcel. Bueno, lo que pasó esta semana en la Corte Suprema es importantísimo y por eso necesitamos hablarlo. Rosati, Rosencrats y Lorenetti rechazaron de un saque los recursos de queja que habían presentado siete de los ocho rugbiers.

condenados por el crimen de Fernando Bae Sosa. Los medios lo titularon como un caso cerrado. Burlando salió a decir que esto es justicia en su más puro estado. Sí, literalmente lo dijo de esa manera y la sensación que quedó instalada en redes y en televisión es que se acabó la novela. Pero acá tenemos un problema.

Procesalmente el caso no está cerrado. Falta una resolución de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires y mientras esa resolución no llegue, los planteos de nulidad pueden seguir moviendo el expediente. Cerrado, pero hasta cierto punto. Hoy les voy a explicar qué resolvió la Corte Nacional, por qué motivos técnicos fue que se rechazaron los recursos, qué pasa con el planteo de nulidad de Lucas Pertosi, que este recurso sigue vigente y cuánto tiempo más le queda a este expediente para que realmente se termine.

Actualización rápida para los que recién llegan al canal. El 6 de febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo criminal número uno de Dolores condenó a cinco rugbiers a prisión perpetua. Máximo Thomsen, Matías Benicheli, Enzo Comeli, Ciro Pertosi y Luciano Pertosi. Los otros tres, Airton Violas, Blazinali y Lucas Pertosi, recibieron 15 años como partícipes secundarios.

 La calificación legal en ese momento fue homicido doblemente agravado por concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía en concurso ideal con lesiones leves. Después vino la primera revisión. El 22 de marzo de 2024, la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal Bonaerense confirmó las perpetuas, pero descartó la lebosía.

 Mantuvo el resultado y recortó un agravante. Las defensas siguieron impugnando y todo terminó escalando hasta donde escala todo en este país, la Corte Suprema de Justicia de la Nación. ¿Quiénes presentaron y por qué los rechazaron? Hay que separar las cosas porque acá hubo dos protagonistas diferentes. Por un lado, Hugo Tomei, defensor histórico del bloque, presentó recurso de queja por seis condenados: Comeli, Biolas, Sinali y los Pertosi.

 Por otro lado, Francisco Neto, abogado de Máximo Thomsen y que en un video anterior entrevisté en el canal presentó su propio recurso por separado. El octavo, Matías Benicheli, ya había caído antes. En septiembre del año pasado, la propia corte le había rechazado el intento de Per Saltum por haber salteado la instancia obligatoria de la Suprema Corteerense.

 Un error de manual que le costó la última carta seria. Ahora, tengan atención porque el motivo por el cual se rechazó el recurso es algo muy importante que realmente quiero que entiendan. La corte en sí no entró a discutir si los Ragers eran o no eran culpables, tampoco si la condena es justa o si correspondía o no la levosía. La Corte rechazó por dos razones puramente formales, como en la gran mayoría de los casos termina pasando cada vez que interponen un recurso en esta instancia.

 A los seis defendidos por Tomei los rechazó por falta de sentencia definitiva. ¿Qué quiere decir esto? que el recurso extraordinario federal regulado por el artículo 14 de la Ley 48 exige que la sentencia atacada haya agotado todas las instancias locales y sea firme. Como todavía falta el pronunciamiento de la Suprema Corte de Buenos Aires, la Corte Nacional consideró que no hay sentencia definitiva y por lo tanto no hay habilitación para revisar nada.

 recurso desestimado, no por mal fundado, sino por haber llegado antes de tiempo. A Thomsen, en cambio, se lo rechazó por algo peor, por incumplimiento de los requisitos formales de la acordada 4 del 2007. Esta acordada 4 establece exigencias estrictísimas para presentar el extraordinario carátula, máximo de páginas, formato, fundamentación clara, agravios identificados con precisión.

 Si no cumplis con eso, el recurso ni siquiera se mira, te lo desestiman por inadmisible. Y eso fue lo que le pasó al escrito Doneto. Dos rechazos formales en el mismo expediente, el segundo en menos de un año. Y los abogados cuando entran en juego con el destino de las personas en altas instancias deben doblegar los esfuerzos para no incurrir en este tipo de errores.

Esta es la parte que más me importa que escuchen y que un poco ya veníamos hablando en el video anterior del caso. En el medio del bloque liderado por Tomei, Lucas Pertosi cambió de defensor durante el trámite. Su nueva defensa metió un planteo de nulidad sosteniendo que Tomei lo había representado con un palmario conflicto de intereses.

 ¿Cuál fue el argumento detrás de esto? que defender al mismo tiempo a coimputados con responsabilidades opuestas dentro del mismo bloque viola la garantía de la defensa eficaz, que Lucas, encasillado en un rol periférico de partícipe secundario, no podía ser bien defendido por el mismo abogado que representaba a Thomsen, considerado autor material de los golpes lesivos.

 La base es el artículo 18 de la Constitución Nacional que habla del debido proceso y la inviolabilidad de la defensa en juicio. La Corte Nacional también rechazó este planteo por la misma razón formal, falta de sentencia definitiva. Pero ojo, que la Corte Nacional lo rechace por motivos formales no significa que el planteo esté muerto.

 Sigue vivo en la Suprema Corte de Buenos Aires, que es la instancia con competencia para revisarlo en cuanto al fondo. decir, hay un tribunal pendiente que sí puede evaluar si la defensa unificada de Tomei violó garantías constitucionales individuales de Lucas Pertosi. Por eso digo que los titulares de que el caso ya está cerrado son apresurados, burlando que es muy hábil mediáticamente dejó que esa idea se instalara.

 Pero es importante decirles como abogado que este caso es la antesala final, no es el cierre. La Suprema Corte buenerense tiene la última palabra. Y mientras tanto, hay otro dato que es importante rescatar. Paralelamente al recurso ante la Corte Nacional, la defensa de Lucas Pertosi pidió al Tribunal Oral número uno de Dolores una escarcelación.

 El argumento era fuerte. Planteaban básicamente que la prisión preventiva se había excedido de un plazo razonable, siendo que está en prisión preventiva hace 6 años sin una sentencia firme. El pedido se presentó el 6 de febrero y se amplió el 31 de marzo. Los jueces María Claudia Castro y Cristian Ariel Ravaya lo rechazaron sosteniendo que la prisión preventiva mantiene su razonabilidad y necesidad. Otro portazo más.

 Si necesitas un abogado por un tema similar al de este video o quizás otro diferente, te invito a contactarme en mi número de teléfono, mi mail y mi página del estudio de abogados que te dejo acá en pantalla. La reacción de Burlando. Burlando también habló con los medios y planteó lo siguiente.

 Sin duda que feliz no es la palabra adecuada, pero sí satisfecho o reconfortado al ver que nuestro trabajo alcanzó el objetivo de justicia que nos habíamos propuesto y que era justo y necesario alcanzar. Esa satisfacción no es por nosotros, es por los padres de Fernando y por el mismo Fernando. Y es por este sistema judicial tantas veces criticado, pero que debe enorgullecernos, porque por cada funcionario que pueda tener algo cuestionable, hay muchísimos más que cumplen su labor con probidad y honestidad. Una declaración elegante,

política, pensada para el público. Pero fíjense bien que el mismo burlando, párrafos después en la nota en cuestión, dice que el caso queda prácticamente cerrado. Prácticamente. Esa palabra no la eligió al azar, sino que sabe que todavía queda algo a nivel procesal para que esto quede del todo cerrado.

 Es el reconocimiento implícito de que queda la instancia de la Suprema Corte buonaerense. De Silvio y Graciela, los pares de Fernando, hubo una breve manifestación en otros medios. Graciela habló de poder empezar el duelo, de tener un poco más de paz. Después de 6 años, cualquier palabra de paz que esa madre pueda pronunciar es en sí misma un milagro.

El nudo legal que falta resolver. Ahora vean la pregunta de fondo que va a tener que responder la Suprema Corte de Buenos Aires, porque es fuerte. Cuando un mismo abogado representa a varios coimputados con intereses procesales potencialmente opuestos, se viola la garantía de la defensa eficaz consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional, en el artículo octavo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 14, inciso 3, letra B, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La

doctrina argentina en general sostiene que la defensa unificada solo es admisible mientras no exista divergencia objetiva de intereses entre los coimputados. Cuando esa divergencia aparece, el tribunal debe apartar de oficio al defensor común y designar defensores separados. Si no lo hace, la sentencia podría ser nula.

 La pregunta concreta es si en el debate de Dolores hubo divergencia objetiva entre Lucas Pertosi, ubicado en un rol periférico de partícipe secundario, Máximo Thompsen, considerado el autor material de los golpes más lesivos. Para algunos esa divergencia es palmaria, para otros los imputados ratificaron expresamente a Tomey en audiencia y consintieron la estrategia.

 Esa tensión es la que va a tener que resolver la Suprema Corte. Drinariamente, varios juristas vienen sosteniendo desde hace años que la defensa unificada con divergencia objetiva de intereses configura una nulidad absoluta de orden constitucional. No sería una mera irregularidad, sino una violación al núcleo duro del debido proceso.

 Esa la postura técnica que viene sosteniendo el nuevo defensor de Lucas Pertosi. Y no es un argumento descartable, es un argumento serio que merece un análisis en profundidad. Lo que pasó esta semana en la corte fue una desestimación formal, simplemente eso. No fue la corte diciendo los rugby son culpables o la condena está bien o está mal, sino que fue la Corte planteando básicamente que los recursos no fueron planteados de la debida forma esperada a nivel formal y que por lo tanto eran rechazados.

 Esa diferencia que muchas veces parece sutil termina siendo enorme. Pero, ¿por qué es tan importante? Porque en altas instancias federales la mayoría de los recursos no se rechazan por mal fundados, se rechazan por mal presentados. Tomei viene siendo cuestionado hace años por insistir con una estrategia unificada que muchos consideraron inadecuada para un caso con esta heterogeneidad de roles.

 Hoy esa estrategia habría pagado el costo procesal correspondiente y los ocho condenados son los que pondrían para muchos el cuerpo. Tomás Hobbs en el año 1651 en el Leviatán escribió ya una idea que es fundamental para este caso. Encaja perfecto. dijo que la diferencia entre el Estado y la jauría es que el Estado monopoliza el castigo y lo aplica con reglas.

 Cuando el ciudadano renuncia a su derecho a la venganza personal y se lo entrega al Estado, lo que recibe a cambio es la promesa de que el castigo va a ser justo, va a ser proporcional y va a ser predecible. Si el Estado falla en eso, vuelve la jauría, vuelve la venganza directa. ¿Por qué traigo esto? ¿Qué relación tiene? Porque el caso Baesosa justamente trae esa cuestión a debate y termina generando un quiebre con estas posturas.

 La calle pide perpetua sin discusión. La opinión pública aplaude a la Corte que rechace cualquier tipo de recurso sin importar la fundamentación y los medios, por el otro lado, cierran el caso antes de que realmente a nivel técnico esté cerrado. Hobbs vería esto como el regreso del impulso de la jauría disfrazado del aplauso ciudadano.

 La sociedad quiere venganza rápida y el estado, si quiere seguir siendo estado, tiene que aplicar las reglas aunque sean impopulares. Si los planteos del nuevo defensor de Lucas Pertosi terminan teniendo razón en que esa defensa no fue eficaz, la justicia argentina tiene la obligación de revisarlo. No por simpatía hacia los condenados, no por respeto a la regla general, porque las garantías procesales o son para todos o no son para nadie.

 Y un sistema judicial que las aplica selectivamente termina siendo lisa y llanamente arbitrario. Acá viene una parte que probablemente mucha gente no va a querer escuchar, pero hay que decirla también. La condena en Dolores fue justa. Creo que estamos todos de acuerdo con eso. Creo que, particularmente yo, los autores materiales detrás de todo esto merecen el castigo más duro a nivel penal.

¿Estamos de acuerdo? Creo que el accionar en grupo de estos rugas, esa fatídica noche, es clara y muestra un poco la crisis social que vivimos en nuestro país, ¿no? Y también fue una de las manifestaciones de violencia juvenil más oscuras que vivimos en los últimos tiempos en nuestro país. Pero también creo que la justicia se honra cuando aplica las reglas con la misma rigurosidad para los casos que repugnan a la opinión pública que para los casos que no la conmueven.

 Si la Suprema Corte buonerense encuentra eventualmente un vicio procesal serio en la defensa unificada y ordena reenvío para un nuevo juicio, eso no sería una traición a Fernando. Sería la prueba de que el sistema funciona en serio. No haberlo reconocido hipotéticamente hablando en su momento y tener que realizar un nuevo juicio con defensas separadas probablemente terminaría en condenas igualmente severas, pero blindadas contra cualquier futura impugnación, pero con una posible crisis social que quizás los magistrados tienen en

consideración. Pasaron 6 años, 3 meses y 22 días desde aquella madrugada en Villaj Gessel. 6 años en los que Silvio y Graciela aprendieron a vivir sin Fernando a la fuerza. 6 años en los que ocho jóvenes pasaron de la previa de un boliche a una celda. Masculinidades tóxicas, violencia colectiva, redes sociales que premian lo más cruel, justicias que tardan, defensas que fallan y duelos que no terminan nunca.

La Suprema Corteerense tiene la última palabra y no la va a tener mañana ni la semana que viene. Probablemente, como siempre en este caso, el plazo se va a estirar mucho más de lo que les gustaría a las partes. El caso de Fernando, más allá del daño y el dolor que nos generó a toda la sociedad en general, también es un caso que merece ser recordado, quiero creer yo, para que como sociedad entendamos que esto no puede pasar más.

Lamentablemente, a pesar de esto que les estoy diciendo, después de, no sé, meses después de haber subido el análisis completo del caso y cuando se terminó con la condena, estuvimos hablando en un montón de videos más respecto a casos similares o iguales en los que golpeaban a la salida de un boliche a los chicos o los mataban a golpes.

 O sea, como que el caso, lamentablemente no habría servido para nada. Y esto en definitiva estaría demostrando, aunque duela muchísimo decirlo, que la muerte de Fernando no sirvió para nada. Por el otro lado, voy a seguir contándoles cada paso de este caso, la eventual resolución de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, los planteos nuevos que aparezcan y también de alguna manera toda la información que vaya apareciendo para que ustedes tengan la información completa del caso.

 Y no se olviden de, como siempre dejar su opinión en los comentarios, así charlamos. Y ahora sí, nos vemos en un próximo video. Chao.

El rechazo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aunque celebrado por la opinión pública como un punto final, es en realidad un espejismo procesal. Es el equivalente a que un médico se niegue a ver a un paciente porque no llenó bien el formulario de ingreso, no porque el paciente esté sano. La enfermedad, el posible vicio que podría infectar todo el proceso, sigue latente y su diagnóstico final está en manos de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires. Y es en ese quirófano legal donde se libra la verdadera batalla por el futuro del caso.

El Pecado Original: La Defensa Unificada como Bomba de Tiempo

Para entender la gravedad del planteo de Lucas Pertosi, hay que desmenuzar el “pecado original” del juicio: la estrategia de defensa unificada de Hugo Tomei. Desde el primer día, esta decisión fue una bomba de tiempo. En un caso con una pluralidad de actores y una evidente jerarquía de roles, pretender que los intereses de todos eran idénticos era, en el mejor de los casos, una ingenuidad y, en el peor, una negligencia profesional con consecuencias devastadoras.

Imaginemos la situación desde la perspectiva de Lucas Pertosi, condenado como partícipe secundario. Su mejor estrategia defensiva consistía en diferenciarse radicalmente de los autores materiales. Su abogado debería haber gritado: “¡Mi cliente no es Thomsen! ¡Mi cliente no es Comeli! Su participación fue periférica, tangencial, y de ninguna manera tuvo el dominio del hecho ni la intención de matar”. Sin embargo, ¿cómo podía Tomei argumentar esto con vehemencia si al mismo tiempo estaba defendiendo a Thomsen y Comeli?

Cualquier argumento que minimizara la participación de Lucas Pertosi, implícitamente, agravaría la de los coimputados principales. La defensa de uno canibalizaba la defensa del otro. Tomei se vio atrapado en una contradicción irresoluble: para salvar al grupo, tuvo que sacrificar las defensas individuales. La estrategia del “pacto de silencio” y la narrativa unificada de “fue una pelea, no un asesinato” beneficiaba a los más complicados, pero hundía a los que tenían una posibilidad de recibir una pena significativamente menor o incluso una absolución.

La garantía de una defensa eficaz no es un mero formalismo. Es el derecho de un acusado a tener un abogado cuyo único y exclusivo interés sea su absolución o la menor pena posible. Lucas Pertosi no tuvo eso. Tuvo un abogado que gestionaba los intereses de un “consorcio” de acusados, donde su defensa individual era una pieza de ajedrez sacrificable en un tablero mucho más grande. La pregunta que debe responder la Suprema Corte bonaerense es si el tribunal de Dolores, al permitir esta situación sin nombrar defensores de oficio para cada imputado con intereses contrapuestos, no convalidó una violación flagrante del derecho a la defensa en juicio. Si la respuesta es afirmativa, la nulidad no es una opción, es una obligación constitucional.

El Crisol de los Jueces: Entre la Ley y la Furia Popular

Los jueces de la Suprema Corte de Buenos Aires enfrentan ahora lo que se conoce como un “hard case” (un caso difícil), no tanto por su complejidad técnica, sino por su monumental peso social. Sobre sus escritorios no solo reposa un expediente; reposa la presión de todo un país que ya dictó su propia sentencia mediática y emocional.

Por un lado, tienen el frío texto de la Constitución y los tratados internacionales de Derechos Humanos. Tienen décadas de doctrina y jurisprudencia que alertan sobre los peligros de la defensa unificada en casos de coimputación con roles diferenciados. La lógica jurídica pura podría inclinarlos a reconocer el vicio procesal.

Pero, por otro lado, escuchan el eco ensordecedor de la calle. Saben que anular un juicio de esta magnitud sería percibido por la sociedad no como un acto de purismo legal, sino como un acto de impunidad. Serían acusados de “liberar asesinos”, de ser cómplices de la chicana legal, de traicionar la memoria de Fernando. La figura de Burlando, un estratega mediático excepcional, ha cimentado la idea de que cualquier movimiento que no sea la confirmación de la perpetua es una injusticia.

Este es el verdadero crisol. ¿Debe un juez fallar únicamente conforme a derecho, aunque su decisión sea profundamente impopular y genere una crisis de confianza en el sistema? ¿O debe tener en cuenta la “paz social” y el sentir popular para evitar un mal mayor? La respuesta, en un estado de derecho robusto, es clara: el juez debe aplicar la ley, sin importar el costo político o social. La justicia no es un concurso de popularidad. Sin embargo, la realidad es que los jueces son humanos y no son inmunes a la presión del entorno. Su decisión, sea cual sea, será histórica y definirá el temple de la justicia argentina frente al clamor de la jauría.

El Duelo Interminable y la Herida que no Cicatriza

Mientras los abogados debaten sobre nulidades y recursos, Silvio y Graciela, los padres de Fernando, viven en un purgatorio. Cada nueva instancia, cada titular, cada apelación, es una aguja que vuelve a hurgar en la herida. La paz que Graciela mencionó es un anhelo constantemente postergado. Para ellos, el concepto de “defensa eficaz” para los asesinos de su hijo es un insulto, una abstracción legalista que los tortura.

Lo que ellos buscan, y lo que gran parte de la sociedad demanda en su nombre, es la “cosa juzgada”: el punto final, el sello definitivo que les permita, si es que eso es posible, empezar a procesar su duelo sin la amenaza de que todo vuelva a empezar. La posibilidad de un nuevo juicio, aunque técnicamente llevara a las mismas condenas, sería para ellos una crueldad insoportable. Sería obligarlos a revivir cada detalle, cada golpe, cada video, cada testimonio. Sería una revictimización institucionalizada en nombre de una garantía procesal que, desde su perspectiva, los verdugos de su hijo no merecen.

Esta tensión entre los derechos de los acusados y el derecho de las víctimas a una resolución definitiva es el corazón trágico del proceso penal. Y en el caso Báez Sosa, esta tensión está llevada a su máxima expresión.

Conclusión: Un Espejo Incómodo para la Sociedad

El caso ya ha trascendido a Fernando y a los ocho rugbiers. Se ha convertido en un espejo que nos devuelve una imagen incómoda de nosotros mismos. Refleja la violencia latente en nuestras masculinidades, la cultura del aguante y la anulación del otro. Refleja la velocidad con que las redes sociales pueden construir y destruir reputaciones, y cómo la opinión pública puede convertirse en un tribunal paralelo, a menudo más implacable y menos riguroso que el oficial.

Y ahora, en esta etapa final, refleja la fragilidad de nuestro propio compromiso con las reglas del estado de derecho. El aplauso fácil ante el rechazo formal de la Corte Nacional es un síntoma de nuestra impaciencia con la ley. Queremos justicia, pero la queremos ya, y en nuestros términos.

La Suprema Corte de Buenos Aires no tiene una tarea fácil. Si confirma las condenas ignorando el planteo de nulidad, podría estar sentando un precedente peligroso, donde la presión social convalida un posible vicio procesal. Si anula el juicio, desatará una furia social de consecuencias impredecibles, pero estaría enviando el mensaje de que las garantías constitucionales son para todos, incluso para aquellos que han cometido los crímenes más repugnantes.

El legado de Fernando Báez Sosa, lamentablemente, no parece haber sido la erradicación de la violencia juvenil. Pero quizás, paradójicamente, su legado final sea el de obligar al sistema judicial argentino y a la sociedad entera a mirarse en ese espejo incómodo y decidir qué tipo de justicia quiere ser: una que calma el grito de la jauría o una que honra, hasta las últimas consecuencias, las reglas que nos separan de ella.

El Fantasma de la Clase: Justicia como Venganza Social

Es imposible analizar la resonancia del caso Báez Sosa sin abordar el fantasma que lo recorre de principio a fin: la lucha de clases. Los “rugbiers” no fueron condenados en la opinión pública solo por ser asesinos; fueron condenados por ser un arquetipo. Representaban, para muchos, el privilegio de cuna, la arrogancia de una clase social que se percibe a sí misma como intocable, dueña de la calle y de la noche. El rugby, un deporte asociado a ciertos estratos socioeconómicos en Argentina, se convirtió en el estandarte de esta percepción.

El crimen de Villa Gesell no fue visto como una simple pelea que escaló trágicamente. Fue interpretado como un acto de prepotencia de clase, un linchamiento perpetrado por jóvenes que, en su burbuja de impunidad, creyeron que podían disponer de la vida de otro, un “otro” que, para colmo, era hijo de trabajadores inmigrantes. Fernando Báez Sosa, con su historia de esfuerzo y su futuro prometedor como estudiante de derecho, encarnaba la antítesis de sus verdugos: la movilidad social ascendente basada en el mérito, no en el apellido.

Esta narrativa, amplificada hasta el infinito por los medios, transformó la demanda de justicia en una forma de venganza social. La perpetua no era solo un castigo por el homicidio; era un castigo simbólico contra una clase entera. Este fervor popular, si bien comprensible desde un punto de vista emocional, es un veneno para la serenidad que requiere el proceso judicial. La justicia, para ser justa, debe ser ciega a la cuna de los acusados. Debe juzgar el hecho, no el arquetipo. El clamor por “perpetua para todos”, sin matices ni distinciones, es la manifestación más clara de cómo el deseo de castigar el privilegio puede eclipsar la necesidad de aplicar la ley con precisión quirúrgica.

El Arquitecto de la Derrota: La Tragedia Profesional de Hugo Tomei

En el centro de este laberinto legal se encuentra la figura de Hugo Tomei, el defensor original. Su insistencia en una estrategia unificada no puede ser vista como un simple error táctico; es una decisión que definirá su carrera y que se estudiará en las facultades de derecho como un caso paradigmático de mala praxis. ¿Qué pudo haberlo llevado a tomar un camino tan evidentemente riesgoso?

Una hipótesis es la arrogancia. Quizás, en su fuero interno, creyó que podía imponer una narrativa única y controlar a un grupo de jóvenes aterrorizados y a sus familias, forzando un “pacto de silencio” que, a su juicio, era la mejor defensa colectiva. Subestimó la contundencia de la prueba fílmica y la capacidad del sistema judicial para diferenciar roles.

Otra posibilidad es una lealtad mal entendida. Al ser el abogado de confianza de varias de las familias en Zárate, pudo haber priorizado la cohesión del grupo por encima de los intereses individuales de cada imputado. En su intento por no “entregar” a nadie, por no permitir que la defensa de uno perjudicara al otro, terminó perjudicándolos a todos. La defensa penal es un acto de lealtad individual y feroz hacia un cliente, no la gestión de una crisis grupal.

Sea cual fuere la razón, el resultado es una catástrofe procesal. Tomei no solo falló en su estrategia de fondo, sino que, como señala el video, sus recursos ante la Corte Suprema fueron rechazados por errores formales básicos. Es la imagen de un capitán que no solo dirige el barco hacia el iceberg, sino que además se olvida de cómo enviar una señal de S.O.S. correctamente. Su actuación dejó a sus defendidos en una situación de vulnerabilidad extrema, abriendo la única puerta que podría llevar a la anulación de todo lo actuado: la violación de una garantía constitucional fundamental.

La Caja de Pandora: ¿Qué Pasaría si se Anula el Juicio?

Imaginemos por un momento que la Suprema Corte bonaerense, en un acto de purismo legal y valentía cívica, decide que la defensa unificada violó el artículo 18 de la Constitución y anula la sentencia. El efecto sería un terremoto judicial y social.

Legalmente, la causa volvería a “foja cero” en cuanto al juicio oral. Se debería constituir un nuevo tribunal y realizar un nuevo debate, esta vez con un abogado defensor para cada imputado (o al menos para aquellos con intereses contrapuestos). La fiscalía tendría que volver a presentar toda su prueba. Los testigos, incluidos los amigos de Fernando, tendrían que revivir el trauma de declarar una vez más. Los peritos tendrían que ratificar sus informes. Sería un proceso largo, costoso y emocionalmente devastador para todos los involucrados, especialmente para los padres de Fernando.

Socialmente, la reacción sería de una furia incontenible. La decisión sería vista como la prueba definitiva de la corrupción y la impunidad del sistema judicial. Habría manifestaciones masivas. Los jueces que firmaran el fallo serían objeto de un escarnio público sin precedentes. La narrativa sería simple y directa: “La justicia liberó a los asesinos de Fernando”. Se perdería de vista el matiz técnico de que no se trata de una absolución, sino de la necesidad de realizar un nuevo juicio con las debidas garantías.

Paradójicamente, en un nuevo juicio con defensas separadas, las condenas para los autores materiales como Thomsen, Comeli y Ciro Pertosi muy probablemente volverían a ser de prisión perpetua, pero esta vez, la sentencia sería jurídicamente inexpugnable. La verdadera batalla legal se daría en torno a los partícipes secundarios como Lucas Pertosi, Blas Cinalli y Ayrton Viollaz. Sus nuevos abogados podrían argumentar con libertad la falta de dolo homicida y la participación menor, buscando penas considerablemente más bajas.

Este es el nudo gordiano del caso. Para blindar jurídicamente la condena, quizás sea necesario pasar por el trauma de un nuevo juicio. La justicia argentina se encuentra en una encrucijada histórica: arriesgarse a la anarquía social para preservar la pureza de sus principios, o convalidar un posible vicio de origen para mantener la paz social. La respuesta que dé la Suprema Corte de Buenos Aires no solo sellará el destino de ocho jóvenes y la memoria de uno; definirá, por décadas, el alma de su sistema de justicia.

Una hipótesis es la arrogancia. Quizás, en su fuero interno, creyó que podía imponer una narrativa única y controlar a un grupo de jóvenes aterrorizados y a sus familias, forzando un “pacto de silencio” que, a su juicio, era la mejor defensa colectiva. Subestimó la contundencia de la prueba fílmica y la capacidad del sistema judicial para diferenciar roles.

Otra posibilidad es una lealtad mal entendida. Al ser el abogado de confianza de varias de las familias en Zárate, pudo haber priorizado la cohesión del grupo por encima de los intereses individuales de cada imputado. En su intento por no “entregar” a nadie, por no permitir que la defensa de uno perjudicara al otro, terminó perjudicándolos a todos. La defensa penal es un acto de lealtad individual y feroz hacia un cliente, no la gestión de una crisis grupal.

Sea cual fuere la razón, el resultado es una catástrofe procesal. Tomei no solo falló en su estrategia de fondo, sino que, como señala el video, sus recursos ante la Corte Suprema fueron rechazados por errores formales básicos. Es la imagen de un capitán que no solo dirige el barco hacia el iceberg, sino que además se olvida de cómo enviar una señal de S.O.S. correctamente. Su actuación dejó a sus defendidos en una situación de vulnerabilidad extrema, abriendo la única puerta que podría llevar a la anulación de todo lo actuado: la violación de una garantía constitucional fundamental.

La Caja de Pandora: ¿Qué Pasaría si se Anula el Juicio?

Imaginemos por un momento que la Suprema Corte bonaerense, en un acto de purismo legal y valentía cívica, decide que la defensa unificada violó el artículo 18 de la Constitución y anula la sentencia. El efecto sería un terremoto judicial y social.

Legalmente, la causa volvería a “foja cero” en cuanto al juicio oral. Se debería constituir un nuevo tribunal y realizar un nuevo debate, esta vez con un abogado defensor para cada imputado (o al menos para aquellos con intereses contrapuestos). La fiscalía tendría que volver a presentar toda su prueba. Los testigos, incluidos los amigos de Fernando, tendrían que revivir el trauma de declarar una vez más. Los peritos tendrían que ratificar sus informes. Sería un proceso largo, costoso y emocionalmente devastador para todos los involucrados, especialmente para los padres de Fernando.

 

 

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