¿Permitido o No? El Caso del Torito Ardiente en Amatitán
por acá. por acá. Amatitán es un municipio de poco más de
11,000 habitantes enclavado en la región Valles de Jalisco, a 50 km al noroeste de Guadalajara y a escasos minutos de la capital mundial del Tequila. Su plaza principal no es diferente a la de cientos de municipios mexicanos, un kiosco al centro, los portales a los costados y en uno de sus flancos la fachada de la parroquia Inmaculada Concepción.
Cada año, en las fechas en que el calendario litúrgico marca la festividad del Señor de la Ascensión, la plaza se convierte en el corazón de las fiestas patronales. Los comercios ambulantes instalan sus puestos en el perímetro. Las familias llegan desde las comunidades aledañas y la pirotecnia, elemento central de esas celebraciones desde hace generaciones, llena el cielo nocturno de chispas y detonaciones.
El 14 de mayo de 2026, esa rutina de décadas produjo una cadena de hechos que terminó con una mujer de 52 años muerta y 26 personas heridas. Los registros de la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos de Jalisco consignan que la emergencia se activó pasadas las 220 horas del jueves.
Dos hombres realizaban la quema de un artefacto pirotécnico conocido popularmente como Torito en la explanada de la parroquia. El mecanismo del torito es conocido en todas las fiestas del occidente mexicano. Una estructura de carrizo y papel maché cargada de cohetes y giradores que el operador porta sobre sus hombros mientras corre entre la multitud.
Parte del espectáculo consiste en los buscapiés, pequeños cohetes que se desprenden de la estructura y rebotan sobre el suelo en dirección impredecible. Esa impredecibilidad es precisamente la pieza central de este rompecabezas. En la esquina de las calles Porfirio Díaz y Obregón, justo en el perímetro exterior del atrio de la parroquia, operaba esa noche un puesto ambulante de venta de salchipapas y frituras.
El negocio utilizaba, como la generalidad de los puestos de comida callejera en México, cilindros de gas LP para sus quemadores y aceite vegetal, hirviendo para la fritura. Según el reporte oficial de protección civil Jalisco, un buscapié o chispa desprendida del torito salió desviada de su trayectoria habitual y alcanzó ese puesto.
El contacto entre la brasa del cohete y el aceite en ebullición desencadenó una primera llamarada. El fuego llegó casi de inmediato a los cilindros de gas. La explosión que siguió fue sucesiva. No una sola detonación, sino varias. Cada una alimentada por un nuevo cilindro que cedía a la presión térmica. Los videos difundidos en tiempo real desde los teléfonos de los asistentes, capturaron el momento exacto.
En las imágenes se distingue con claridad la silueta del hombre que portaba el torito instantes antes del estallido, la bola de fuego que ascendió sobre los puestos y la estampida de personas que corrieron en todas las direcciones. Las llamas se propagaron rápidamente entre las estructuras de madera y lona de los negocios instalados para las festividades.
La fachada de la parroquia, a metros del epicentro quedó manchada de ollín. Los cilindros de gas convertidos en proyectiles por la presión fueron localizados posteriormente entre los escombros de al menos un puesto calcinado junto a basura esparcida sobre la calle y los restos metálicos retorcidos de los quemadores.
El primer comandante de la unidad de protección civil de Amatitán, Junior Ventura, confirmó en declaraciones recogidas esa madrugada que las explosiones se iniciaron cuando los artefactos pirotécnicos impactaron los puestos semifijos de venta de alimentos que utilizaban gas LP para la preparación de comida.
La caracterización de los hechos como una cadena de eventos y no como un incidente aislado es relevante desde el punto de vista de la responsabilidad. Cada eslabón de esa cadena requería una condición previa, la proximidad entre el área de quema de pirotecnia y los puestos de comida con cilindros de gas, la ausencia de perímetros de seguridad que impidieran esa proximidad.
la presencia de comercio ambulante autorizado o tolerado en una zona donde simultáneamente se operaban artefactos explosivos. La víctima mortal era una mujer de 52 años, vecina del municipio. Los primeros reportes la situaban como una persona que se encontraba en el puesto de alimentos en el momento de la explosión.
fue alcanzada por la onda expansiva de la detonación y por esquirlas de un cilindro de gas. Protección Civil confirmó inicialmente que sufrió quemaduras de segundo y tercer grado. Pese a ser trasladada de urgencia para recibir atención médica especializada, falleció durante la madrugada ante la gravedad de sus lesiones. El secretario general del gobierno de Jalisco, Salvador Zamora, señalaría horas después, en declaraciones recogidas por medios estatales, que la mujer tenía aproximadamente 57 años y se encontraba en el puesto de alimentos
cuando explotó el cilindro. La divergencia de un año en la edad entre los reportes de protección civil y la declaración del funcionario estatal es un detalle menor frente a la magnitud del hecho, pero ilustra algo más profundo. En las primeras horas, ni el gobierno municipal ni el estatal tenían un cuadro claro de lo que había ocurrido.
El conteo de heridos fue desde el inicio una variable en permanente actualización. Las primeras cifras municipales hablaron de tres seleccionados. Los reportes de Protección Civil Jalisco elevaron ese número a 26. El corte oficial de las 8 horas del 15 de mayo estableció la distribución de la siguiente manera: cinco personas con lesiones graves, siete con lesiones regulares y 14 con lesiones leves.
horas más tarde, el secretario Zamora informó que tras las primeras atenciones médicas se habían descartado lesiones en varios casos y que la cifra confirmada de traslados hospitalarios se situaba en 13 personas. Cinco de ellas ya habían sido dadas de alta para la tarde del viernes. Siete permanecían hospitalizadas. Los heridos más graves fueron derivados al hospital regional de Magdalena y al IMCS de Tequila, los de mayor complejidad a hospitales especializados de Guadalajara.
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La respuesta de los cuerpos de emergencia tuvo cuando menos, un elemento que los propios reportes oficiales señalaron como relevante. Los primeros en auxiliar a los lesionados no fueron los socorristas. sino los propios asistentes a las festividades. Las ambulancias llegaron de manera paulatina. El operativo de protección civil municipal del SAMU, de las unidades de terapia intensiva móvil y de los bomberos de Jalisco se desplegó de forma progresiva.
También acudieron elementos de la Guardia Nacional y de la Secretaría de la Defensa Nacional. Esta última institución, una vez controlado el incendio y concluidas las labores de atención inmediata, asumió el resguardo del área para los peritajes de balística y explosivos destinados a determinar las características técnicas de la pirotecnia utilizada esa noche.
La decisión de Sedena de tomar el control del área no es un procedimiento automático. responde a que la fabricación, almacenamiento, transporte y uso de pirotecnia en México está regulado por esa secretaría. La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en sus artículos relativos a materiales pirotécnicos, establece que cualquier operación con estos materiales en espacios públicos requiere permiso federal expedido por la propia Sedena.
El operador de un torito en una fiesta patronal, en consecuencia, no puede legalmente hacer funcionar ese artefacto sin contar con dicha autorización. La primera pregunta que la Fiscalía del Estado de Jalisco debía responder al abrir su carpeta de investigación era, por tanto, una pregunta de registro. ¿Existía ese permiso? La Fiscalía de Jalisco acudió a la plaza principal de Amatitán.
esa misma noche para iniciar las diligencias. Según el comunicado emitido por la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos de Jalisco, la dependencia estatal mantiene coordinación permanente con autoridades municipales, estatales y federales, incluida la propia fiscalía para el seguimiento de las investigaciones que determinen la causa y el origen del incidente.
El mismo comunicado señala que se lleva a cabo la revisión de permisos, autorizaciones y demás trámites relacionados con la quema de pirotecnia durante las festividades. formulación, la revisión de permisos como parte de la investigación, no como un dato ya establecido, sugiere que en el momento de emitirse ese comunicado, la existencia o inexistencia de los permisos correspondientes era todavía un hecho por determinar.
El alcalde de Amatitán, Lionel Partida Ortiz, quien gobierna el municipio desde 2024 en el periodo constitucional 2024-2027, reaccionó esa misma noche a través de redes sociales. Expresó su tristeza y consternación por los hechos ocurridos en la plaza principal. informó que desde el primer momento Protección Civil Municipal, en coordinación con Protección Civil de Jalisco y las diferentes corporaciones de emergencia inició trabajos de atención y respuesta inmediata.
Como presidente municipal escribió, reitero que nuestra prioridad es salvaguardar la integridad de las familias amatitenses y brindar todo el respaldo necesario en este momento tan difícil. La narrativa del comunicado municipal es la de la reacción de emergencia, no la de la rendición de cuentas sobre lo ocurrido antes de las 220 horas.
El gobernador de Jalisco, Pablo Lemus Navarro, publicó un mensaje en sus cuentas oficiales donde lamentó el accidente. Informó que mantiene comunicación con el presidente municipal partida para garantizar la atención debida a los heridos y organizar traslados a otros hospitales en caso de ser necesario. El secretario Salvador Zamora confirmó que ya se había establecido comunicación con las familias de todas las víctimas y que el DIF estatal brindaría apoyo a la familia de la mujer fallecida, incluyendo apoyos funerarios. Las declaraciones de los dos
funcionarios estatales compartían una característica. describían la coordinación de la respuesta, pero no abordaban la cadena de autorizaciones que precedió a la tragedia. Ese silencio sobre el pasado inmediato es donde reside la segunda pieza del rompecabezas. El Ayuntamiento de Amatitán es la entidad pública responsable de otorgar los permisos de uso de suelo para el comercio ambulante en la plaza principal.
Los puestos de salchipapas, de frituras, de comida en general que se instalan en el perímetro de las festividades patronales no aparecen ahí espontáneamente. Ocupan un espacio público regulado por el municipio que puede autorizar o negar esa presencia. La pregunta que la fiscalía tendrá que responder en paralelo a la de los permisos de pirotecnia es si ese puesto de comida contaba con autorización municipal para operar esa noche en esa ubicación con cilindros de gas LP a metros del área donde se realizaba la quema de fuegos artificiales.
La regulación de protección civil en México, en sus versiones tanto federal como estatal, establece con claridad que los puestos de comida que operan con gas LP en eventos masivos deben cumplir normas de instalación, incluyendo distancias mínimas de seguridad respecto a fuentes de ignición.
Los cilindros de gas deben estar asegurados, protegidos y a una distancia regulada de cualquier elemento que pueda generar chispas o llamas. En una plaza donde simultáneamente se queman toritos que por definición lanzan chispas en dirección impredecible, esa distancia de seguridad adquiere una relevancia crítica.
La existencia o inexistencia de esa verificación previa por parte de la autoridad municipal y de la propia protección civil es la tercera variable que la carpeta de investigación deberá documentar. El comandante Junior Ventura de Protección Civil Municipal utilizó en sus declaraciones una palabra que merece atención.
Los puestos afectados eran semifijos. La distinción entre un puesto ambulante y uno semifijo no es semántica en el contexto regulatorio. Un puesto semifijo implica una instalación con cierta permanencia en el espacio público, que en principio requiere una verificación más sistemática por parte de las autoridades.
Si ese puesto de salchipapas que concentró la explosión estaba instalado de forma semifija en el perímetro de la plaza. Su presencia esa noche no era el resultado de una decisión espontánea del propietario, sino de un proceso de autorización formal o informal que involucra al municipio. La Fiscalía de Jalisco investiga el caso bajo las figuras de homicidio imprudencial por la mujer fallecida y lesiones culposas.
Estas figuras del Código Penal de Jalisco requieren demostrar que existió una conducta negligente, una omisión de cuidados que fue la causa directa del daño. El operador del torito, cuya identidad no ha sido revelada públicamente y cuyo estatus legal permanece bajo reserva de la fiscalía, es uno de los focos de la investigación.
Pero la figura del homicidio imprudencial no se limita necesariamente al ejecutor material. La cadena de omisiones que pudo haber antecedido al accidente, quien otorgó o no verificó los permisos de pirotecnia, quien autorizó o toleró la ubicación del puesto de comida, quien debía supervisar las condiciones de seguridad de la festividad, también puede configurar responsabilidad penal.
La reacción de la Iglesia Católica añadió un elemento significativo al cuadro. El cardenal Francisco Robles Ortega, al frente de la Arquidiócesis de Guadalajara, publicó en sus redes sociales un pronunciamiento en el que afirmó que la Iglesia no promueve el uso de pirotecnia como forma de celebración.
No alentamos esta forma de celebrar las fiestas patronales”, escribió. Añadió que en caso de utilizarse pirotecnia por razones de usos y costumbres debe realizarse bajo estricta supervisión de protección civil y siguiendo los reglamentos de las autoridades municipales. Esta declaración del jerarca de la Arquidiócesis de Guadalajara es, en la práctica, un deslinde institucional.
La Iglesia señala que la responsabilidad de la supervisión corresponde a las autoridades civiles. El cardenal no dijo que la iglesia hubiera pedido que se quitara la pirotecnia esa noche. Dijo que si se usa otros deben supervisarla. La decisión del Ayuntamiento de Amatitán de prohibir el uso de pirotecnia en todos los eventos públicos subsiguientes dentro del municipio fue anunciada pocas horas después de los hechos.
La velocidad con que se adoptó esa medida es en sí misma. Un dato, las restricciones de este tipo no se improvisan de la noche a la mañana. Su implementación inmediata sugiere que la capacidad regulatoria existía antes del accidente. Si el municipio tiene la facultad de prohibir la pirotecnia en eventos públicos desde el día siguiente a la tragedia, tenía también la facultad de regularla, de condicionarla o de establecer requisitos más estrictos para su uso antes de que ocurriera.
La prohibición reactiva revela la posibilidad de la prevención activa que no se ejerció. El gobierno de Jalisco emitió un comunicado en el que detalló que la Fiscalía del Estado realiza la revisión de permisos, autorizaciones y demás trámites relacionados con la quema de pirotecnia durante las festividades. La frase es precisa en lo que omite.
No afirma que esos permisos existían y estaban en orden. Tampoco afirma que no existían. Dice que están siendo revisados. Esta ambigüedad en la comunicación oficial, a más de 12 horas de ocurridos los hechos, sugiere que la respuesta a la pregunta más elemental, si el espectáculo pirotécnico esa noche tenía autorización federal vigente, no era todavía conocida o al menos no era compartida públicamente.
El caso de Amatitán no ocurre en el vacío. México registra cada año múltiples accidentes asociados a la pirotecnia en festividades públicas. Jalisco en particular tiene una larga historia de incidentes vinculados a los toritos y otros artefactos pirotécnicos en fiestas patronales. La recurrencia de esos accidentes no ha producido hasta ahora una reforma estructural en la forma en que los municipios jaliscienses autorizan y supervisan la pirotecnia en sus festividades.
combinación de tradición cultural profundamente arraigada, competencia regulatoria dividida entre el municipio y el gobierno federal y una supervisión real limitada en la práctica genera las condiciones para que el accidente de Amatitán se repita. El municipio prohíbe la pirotecnia para sus próximas fiestas.
No es evidente que otros municipios de la región hayan tomado decisiones similares. Hacia las 1200 horas del viernes 15 de mayo, el balance oficial establecía una persona fallecida, siete hospitalizadas y cinco dadas de alta. La zona de la plaza principal permanecía bajo resguardo de la Sedena. La Fiscalía de Jalisco tenía abierta su carpeta de investigación.
El alcalde Partida seguía en funciones. Ninguna persona había sido detenida. La identidad del operador del torito permanecía bajo reserva. La pregunta sobre los permisos de pirotecnia seguía sin respuesta pública y en los hospitales de Tequila y Magdalena, siete personas continuaban recibiendo atención médica por quemaduras y lesiones producidas en una fiesta que el gobierno municipal había autorizado, en una plaza que el gobierno municipal administra con una pirotecnia cuya supervisión correspondía según la ley a instancias que esa noche del 14 de mayo no
estuvieron presentes de manera verificable. La mujer de 52 años que murió en la madrugada fue identificada como vecina de Amatitán. Vivía muy probablemente a pocos metros de la plaza donde murió. La plaza que por años había sido el centro de las festividades de su comunidad. La tragedia de esa proximidad, la cercanía entre el lugar de la celebración y el lugar de la muerte no es un accidente del destino.
es el resultado de una suma de decisiones institucionales, de permisos otorgados o no verificados, de perímetros de seguridad establecidos o ignorados, de una cadena de autorizaciones cuya existencia o inexistencia la Fiscalía de Jalisco tiene ahora la obligación de documentar con precisión. Los videos que la gente grabó esa noche en la plaza principal de Amatitán muestran el instante exacto en que esa cadena de decisiones llegó a su consecuencia inevitable. M.