Lorena Andrade, la mujer que crió a Ángel, dijo algo que a mí realmente me quedó dando vueltas. Ángel no tenía ninguna enfermedad. Ángel lo asesinaron y eso se sabe. 4 años con su papá y estuvo vivo. En 5 meses agarró una enfermedad y murió. Y los golpes en la cabeza, las hemorragias. Es una mentira lo que están hablando.
No los podemos culpar por desconfiar. Miren lo que pasó. Lo vimos en el video anterior. Le sacaron a un nene sano que vivía con ellos. Lo entregaron. Una mujer que según trascendió en la causa ya había perdido la tenencia de otro hijo en misiones, donde la justicia había determinado que ese chico debía ser resguardado de ella.
Denunciaron, les dijeron que no. El jardín alertó, los vecinos vieron cosas. El propio Ángel, según la audiencia del 9 de febrero, dijo que no quería estar con su madre biológica, pero no lo escucharon. 5 meses después de la reviniculación, el nene terminó muerto y ahora un informe complementario dice que murió de neumonía.
No es ilógico el desconfiar de todo. Hay que estar en el lugar de ese padre porque es realmente vivir una pesadilla. La vida deja de tener sentido para vos. También quiero que seamos rigurosos con algo. Los peritos forenses no inventan tejidos al microscopio. Se encontraron infiltrados inflamatorios en los pulmones, los encontraron.
Eso es un hecho médico, no es una opinión judicial. Entonces, ¿qué es lo que pasa? Lo que pasa es que la presencia de un cuadro respiratorio severo no significa que los golpes no existieron y tampoco significa que los golpes no contribuyeron a la muerte. Lo que significa es que la causa de muerte es más compleja de lo que parecía.
Y eso en un juicio puede ser un problema porque la defensa va a usar ese informe para decir, “No fueron los golpes, fue la neumonía.” Y la fiscalía va a tener que demostrar la conexión entre ambas cosas. Si necesitas un abogado por un tema similar al de este video o quizás otro diferente, te invito a contactarme en mi número de teléfono, mi mail y mi página del estudio de abogados que te dejo acá en pantalla.
El fiscal jefe de Comodor Rivadavia, Cristian Olazábal, fue categórico. Dijo que para el Ministerio Público nada cambió en lo esencial y sostuvo que la causa sigue teniendo como eje central el fallecimiento violento del menor. Pero hubo algo más que dijo La Sábal y que es la clave de toda la pelea que se viene.
Cuando tengamos el informe final, pediremos precisiones y designaremos consultores expertos externos para que nos aporten conclusiones. No nos vamos a quedar con un solo dictamen. Básicamente lo que quiere decir esto es que la fiscalía va a contraperitar esa pericia en cuestión y hay un detalle procesal que conviene que marquemos.
El informe histopatológico que filtró la defensa a los medios todavía no estaba formalmente integrado al expediente al momento de su difusión pública. Josea, si lo pensamos un poco, la defensa jugó primero por la prensa antes de jugar en el Expediente. Eso es una jugada de instalación mediática, no una jugada procesal y tiene un nombre técnico.
Esto es construir el relato afuera para condicionar lo que pasa adentro. Porque la tentación del sistema cuando aparece un informe que complica la narrativa es recalificar a la baja, pasar domicilio grabado a abandono de personas seguido de muerte, bajar de perpetua a 15 años y eso sería inaceptable.
La calificación legal hoy es la siguiente. Maridamirano está imputada por homicidio agravado por el vínculo en carácter omisivo. Es decir, no por haber golpeado, sino por no haber hecho nada para impedirlo ni para asistir al nen. Michelle Michael Kevin González está imputado por Omicidio Simple como presunto autor material.
Los dos tienen prisión preventiva por 6 meses dictada por el juez Alejandro Soñiz tras la audiencia de control de detención del 14 de abril. Y aquí hay un dato que conviene que entiendan. Si los dos llegaran a juicio con la calificación actual y fueran condenados, no recibirían la misma pena. A González le correspondería la pena de homicidio simple de 8 a 25 años de prisión.
Altamirano, por corresponderle la acusación de homicidio agravado por el vínculo, le cabe una única pena posible, prisión perpetua. Es decir, el que habría dado los golpes, según la fiscalía, podría salir condicionalmente en 8 o 9 años con buena conducta y la madre que omitió perpetua. Si ahora la defensa logra que se recalifique todo abandono de personas seguido de muerte, artículo 106 del Código Penal, la pena podría bajar a un máximo de 15 años y eso con reducciones puede convertirse mucho menos.
Desde mi lugar como abogado, la calificación correcta sigue siendo la del homicidio agravado. La neumonía no cambia eso. Al contrario, un nene con un cuadro respiratorio severo, no tratado, que además recibe golpes en la cabeza, murió porque nadie lo cuidó y alguien lo golpeó. Las dos cosas operan juntas y las dos cosas serían responsabilidad de las mismas personas que estaban a cargo de él.
Se presentó un pedido de Yuri de enjuiciamiento ante el Consejo de la Magistratura de Chubut contra el juez Pablo José Pérez. El juez que entregó a Ángel a su madre hasta hoy no fue suspendido, no fue apartado tampoco. Sigue a cargo del juzgado de familia número cuatro de Comodoro Rivadavia y además sigue siendo coordinador de la oficina de gestión unificada del fuero de familia.
Sigue decidiendo sobre la vida de otros chicos. El Superior Tribunal de Justicia de Chubut, a través del acuerdo plenario 5659 del 2026, firmado por unanimidad por los seis ministros del tribunal, Andrejiacomone, Javier Raidán, Silvia Bustos, Camila Banfi, Mario Vivas y Ricardo Napolitani, dispuso intervenir por 60 días al equipo técnico interdisciplinario de la circunscripción judicial número 2 de Comodoro Rivala.
Pusieron a la camarista María Marta Nieto a auditar con apoyo de Valentina Crestf y Gisela Ochoa y con informes semanales al tribunal. Eso está bien, pero la intervención no alcanza al juez Pérez. La medida solo recae sobre el equipo interdisciplinario que asesora los juzgados. A los jueces no los toca nadie.
Solo el Consejo de la Magistratura, a través de un proceso largo y burocrático, puede decidir algo sobre Pérez. Y mientras tanto, hay un dato que es brutal y que casi nadie está mostrando. Según el propio Superior Tribunal, en 2025, el equipo interdisciplinario de Comodoro hizo 4,209 entrevistas en sede y solo 115 entrevistas en domicilio.
Es decir, el sistema tiende desde un escritorio y hay más. Una vecina de Altamirano declaró en fiscalía que ellao habría enviado fotos y videos de la casa de un familiar en Córdoba para cumplir con los seguimientos virtuales del organismo. Todo indicaría que nadie habría ido a verificar en qué condiciones diría Ángel.
En Argentina, los juez son prácticamente intocables. El Yuri de enjuiciamiento es un proceso largo, burocrático, que depende de la voluntad política del Consejo de la Magistratura. Y la voluntad política en estos casos aparece cuando hay cámaras. Cuando las cámaras se van, la voluntad política se va con ellas. La psicóloga, denuncia penal y pedido de suspensión.
El 8 de mayo, Luis López, a través de su abogado Roberto Castillo, formalizó una denuncia penal contra la psicóloga Jennifer Grisel Leiva, integrante del Servicio de Protección de Derechos de Comodero Rivadavia. La denuncia atribuía a varios delitos: incumplimiento de los deberes de funcionario público, falsedad en informes periciales y abandono de personas seguido de muertos.
Esta última es la más grave de todo el planteo, pero la denuncia no termina ahí. Pide medidas cautelares fuertes. La suspensión preventiva de Leiva como profesional del SPD, la prohibición de salida del país hasta que se defina su situación procesal y esto que es lo más importante, el secuestro inmediato de su legajo personal y profesional en el SPD, en el Colegio de Psicólogos de Chubut y en la municipalidad de Comodoro Rivadavio, incluyendo todos los informes técnicos elaborados por la profesional durante los últimos 2 años. La querella
no está pidiendo revisar el caso de Ángel, está pidiendo revisar todo lo que firmó esta profesional. Esto te dice que la sospecha no es de un error puntual, sino que la verdad plantea una sospecha de un patrón general. La Fundación Más Vira también denunció a Leiva y según trascendió a otra psicóloga, Vanessa Marín, por elaborar informes favorable sin haber hecho, según la denuncia, el trabajo de campo que corresponde.
Por otro lado, el Colegio de Profesionales Psicólogas y Psicólogos de Chubut emitió un comunicado pidiendo respeto por el debido proceso, repudiando los mensajes de odio y la circulación de datos personales contra la matriculada. Está bien que lo hagan, pero el debido proceso también incluye investigar a fondo cuando hay un nene muerto y un informe profesional firmado en el medio.
Y acá hay algo que me genera muchísima bronca. Si se confirma que los informes fueron genéricos, que se hicieron entrevistas de escritorios y una constatación real del entorno familiar, estamos hablando de profesionales que firmaron papeles sobre la vida de un nene sin hacer el trabajo correspondiente.
Le pusieron un sello, un formulario y ese formulario terminó en una sentencia y esa sentencia terminó en un nene muerto. Al padre lo imputaron por pintar una pared. A principio de mayo, Luis López y Lorena Andrade fueron al edificio del Servicio de Protección de Derechos de Comodoro Rivadavia en la intersección de Dorrego y Alem.
Hicieron pintadas, escribieron asesinas, apuntaron a los profesionales y funcionarios vinculados al sistema que entregó a Ángel. La policía intervino tras el llamado de un empleado de seguridad, los identificó, los demoró y los imputó por una presunta infracción al artículo 112 del Código de Convivencia Ciudadana.
Al padre de un nene asesinado lo imputaron por pintar una pared. Al juez que entregó ese nene a una madre con denuncias por maltratos previas no le hicieron hasta ahora nada concreto en términos disciplinarios. Luis López perdió a su hijo, denunció antes de que lo mataran. El nene murió con 21 golpes en la cabeza y cuando el padre sale a pintar una pared porque siente que no le queda otra forma de que lo escuchen, lo terminan imputando.
Lorena Andrade fue al hueso, dijo que su hijo sufrió hambre, golpes, abandono y apuntó directo. Somos los dos padres de Ángel asesinado y los entregadores están acá en este edificio. Es válido preguntarse entonces si las prioridades de este sistema andan bien puestas, porque hay algo obseno en un sistema que activa el código de convivencia contra el padre por una pintada y demora meses en mover una ficha contra el juez al menos para investigar algo.
Las prioridades de ese sistema, al menos a los ojos del público, parecen invertidas. Y cuando las prioridades de un sistema de justicia parecen invertidas, deja de generar la confianza que cualquier sistema necesita para funcionar. Luis López había advertido antes de que Ángel muriera que algo así podría pasar. La frase, según trascendió, fue dirigida directamente a la psicóloga Leiva en un audio que la querella incorporó al expediente.
Se van a dar cuenta cuando maten a mi hijo. Lo dijo antes. Y hay más porque no fue una sola advertencia. En 2023, cuando Altamirano se trasladó a Córdoba, Luis López radicó una denuncia en una comisaría de Comodoro Rivadavia. dijo textual, “Si ella se quiere ir, yo voy a dejar que se vaya, pero nunca con mi hijo, porque es muy violenta y lo puede matar.

” Esa denuncia fue localizada después vía oficio judicial. Y además hay otro dato. Según declaró una expareja de altamirano en Córdoba, ella habría sido vista golpeando a otro de sus hijos, Dante. Por esa situación, la justicia de misiones habría dispuesto que Dante quedara el cuidado exclusivo de su padre y debía ser resguardado de su madre.
O sea, la justicia de una provincia le había sacado un hijo al tamirano por violencia y la justicia de otra provincia le entregó otro. Yo no sé qué más necesito un juez para entender que se equivocó. El padre lo dijo en la cara, lo dijo en una denuncia de 2023, hay un antecedente de misiones y el juez firmó igual.
Eso no es un error de procedimiento, eso es una decisión que, al menos en mi opinión como abogado, ignoró una serie de advertencias concretas con antecedentes documentados y que terminó claramente en la muerte de un menor y tiene que haber consecuencias. Sí o sí. Algo que me viene dando vueltas desde que leí el informe estopatológico es que la gente desconfía y tiene motivos para desconfiar porque el sistema le falló a ángel en cada instancia.
Pero más allá de esto, los hallazgos istopatológicos no se inventan. Si las células están en los pulmones bajo el microscopio, no hay una manera de reputarlo. La infección existió. Eso es un hecho médico, no es una opinión judicial. Como les dije antes. Ahora, ¿eso cambia algo? Bueno, para mí no lo agrava.
La defensa va a intentar usar la neumonía para bajar la calificación. Van a decir, “No murió por los golpes, murió por la infección.” Y técnicamente el informe les da una base para ese argumento. Pero acá hay algo que cualquier penalista sabe. En nuestro derecho penal existe la teoría de la imputación objetiva.
No alcanza con que la neumonía haya sido la causa médica directa. Lo que importa es si los imputados crearon o aumentaron el riesgo que terminó en la muerte. Y acá el riesgo lo habrían creado para los papás de Ángel de todas las formas posibles, que según la acusación habrían golpeado un nene, no trataron su enfermedad grave, lo habrían aislado de las personas que lo protegían y terminaría con un resultado fatal.
Hay un concepto en derecho penal que se llama la posición de garante. Cuando tenés un menor a tu cargo, sos garante de su vida. Tenés la obligación legal de protegerlo. Y si no lo haces, si no lo llevas al médico cuando está enfermo, si permitís que lo golpeen, si no pedís ayuda, respondés por el resultado, aunque la causa médica directa haya sido la neumonía.
Entonces, no me vengan con que la neumonía cambia algo, porque no cambia nada. Agrega un cargo más. Agregaría una capa más de negligencia criminal.